IPF presenta un recurso de reposición contra las ayudas para la compra de libros de texto de Palma

Actualizado: miércoles, 20 octubre 2010 12:47

PALMA DE MALLORCA, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Instituto de Política Familiar (IPF) de Baleares ha presentado un recurso de reposición a las bases de la convocatoria de ayudas a libros y material didáctico del Ayuntamiento de Palma para el curso 2010/11 al considerar que son "discriminatorias hacia las familias numerosas" que lleven a sus hijos a colegios privados.

En un comunicado, el presidente de IPF, Agustín Buades, ha informado de que ha presentado este recurso por "incumplimiento de la Ley de Familias Numerosas y su reglamento al excluir el Ayuntamiento de Palma de estas ayudas a las familias numerosas que lleven a sus hijos a colegios privados.

Concretamente, en el citado recurso IPF recuerda que una sentencia del Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2008 anuló el citado inciso que hace referencia a los colegios privados y, por tanto, establece que "en las convocatorias de ayudas para la adquisición de libros y material didáctico en los niveles obligatorios de la enseñanza se establecerá un trato preferente para su adjudicación a los alumnos integrantes de familias numerosas".

De este modo, Buades remarca que esta redacción vigente "deja fuera cualquier clase de exclusión por razón o con motivo de hallarse matriculados los alumnos peticionarios en centros no sostenidos con fondos públicos, independientemente de su titularidad".

"El Tribunal Supremo con tal resolución y el Ministerio de Presidencia con la modificación no han hecho sino ajustar una disposición legal al principio fundamental de igualdad fijado por la Constitución Española", ha recalcado.

Por ello, manifiesta que la convocatoria de ayudas del Consistorio palmesano "incurre en un olvido, amén de en la infracción legal ya mencionada", debido a que "ninguna referencia puede leerse a ese trato preferente destinado a las familias numerosas peticionarias de las ayudas".

En este sentido, critica que, por un lado, "no le duelen prendas a la Corporación municipal a la hora de discriminar negativamente a determinadas familias por razón presuntamente social o económica, mientras que, incomprensiblemente, cae en el olvido de no recoger una circunstancia expresamente contenida en una disposición de rango general y de aplicación en todo el territorio de la nación".

"De una parte establece una discriminación excluyente y, por otra, olvida una discriminación positiva y preferencial", reprueba Buades, quien asegura que son "dos las infracciones de la normativa que se contienen en la convocatoria impugnada: la exclusión indebida de los alumnos de centros privados no concertados y la no referencia al trato preferente a los peticionarios de familias numerosas".

Por esta razón, explica que, al amparo del artículo 116 de la Ley 30/92, IPF formula recurso de reposición contra la aludida convocatoria en su Base Segunda, interesando la eliminación del último párrafo de tal Base, así como la inclusión del trato preferente a las familias numerosas fijado en el Real Decreto 1918/2008.