El TSJIB valida el Plan Insular de Transporte de Viajeros por Carretera que apoya las nuevas concesiones de transportes

Bus Aerotib.
Bus Aerotib. - CAIB - Archivo
Publicado: sábado, 21 septiembre 2019 13:19

   PALMA DE MALLORCA, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La sala contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha validado el Plan Insular de Servicios de Transporte Regular de Viajeros por Carretera (PISTRVC), que apoya las nuevas concesiones de bus interurbano y el Aerotib.

   Así lo ha comunicado la Conselleria de movilidad y vivienda este sábado en una nota de prensa en la que detallan que la sala ha desestimado el recurso planteado por la Asociación Empresarial del Servicio Discrecional de Viajeros de Baleares en contra de este plan.

   La Conselleria ha explicado que el PISTRVC fue aprobado por el Consorcio de Transportes de Mallorca en agosto del año 2017, y es el documento en el que se basa el nuevo modelo de concesiones de transporte regular por carretera, con nuevos buses no contaminantes, un 50 por ciento más de frecuencias y nuevas rutas, entre otras mejoras.

   La patronal empresarial cuestionaba el procedimiento seguido para la aprobación del plan y el modelo de las nuevas concesiones del servicio de autobús por carretera, así como otros aspectos como la puesta en marcha del servicio del Aerotib -líneas directas desde el Aeropuerto a distintos municipios de Mallorca- o el uso compartido del transporte regular y escolar.

   El Tribunal ha desestimado todos los motivos del recurso y ha apuntado que, en el caso del transporte escolar, "no hay ningún incumplimiento de la normativa sobre seguridad" y que se trata de una "optimización de los recursos económicos" decidida por la administración.

   En cuanto al Aerotib, la asociación alegaba que era un servicio que "discrimina" residentes de no residentes, a lo que la sala ha determinado que este transporte es una "cuestión de interés estratégico para Mallorca" para la economía y el turismo.

   Además, ha destacado que el Aerotib constituye una forma de "cohesionar el territorio buscando una buena conexión y facilitando el desplazamiento de los viajeros".

   Por otro lado, el Tribunal ha considerado que "muchas de las argumentaciones de los recurrentes son posicionamientos claramente subjetivos e interesados" y que no se basan en una vulneración de la legalidad, sino que "están relacionados con la nueva distribución territorial de los contratos -que provocaría perjuicios a las pequeñas y medianas empresas de la isla- o que este nuevo sistema de gestión atacaba el principio de la libre competencia -afectando al transporte discrecional o el taxi-.

   Ante esto, el TSJIB ha aclarado que este Plan Insular de Viajes regula "únicamente" cuestiones relativas al transporte público regular de viajeros, y no al transporte discrecional.

   Finalmente, la Conselleria ha informado de que la sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.