La justicia europea anula la obligación de saber alemán que Berlín impone para reagrupar a cónyuges de turcos

Actualizado: jueves, 9 julio 2015 2:52

BRUSELAS, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado este jueves la exigencia de tener conocimientos elementales de alemán que Berlín impone desde 2007 para expedir un visado de reagrupación a cónyuges de nacionales turcos que residen legalmente en su territorio.

La sentencia señala que esta obligación incumple la cláusula de 'standstill' convenida a principios de los años setenta en el marco del acuerdo de asociación de la UE con Turquía. Esta cláusula prohíbe introducir nuevas restricciones a la libertad de establecimiento.

"Esa exigencia lingüística hace más difícil la reagrupación familiar", afirma el Tribunal de Justicia, y por tanto "constituye una 'nueva restricción' de la libertad de establecimiento de esos nacionales turcos, en el sentido de dicha cláusula".

El Tribunal recuerda que "la reagrupación familiar constituye un medio indispensable para permitir la vida en familia de los trabajadores turcos que forman parte del mercado de trabajo de los Estados miembros, y contribuye tanto a mejorar la calidad de su residencia como a su integración en esos Estados".

El Gobierno alemán había justificado la exigencia lingüística alegando que ayudaría a evitar los matrimonios de conveniencia y promover la integración. El fallo responde que obligar a saber alemán "va más allá de lo necesario para lograr el objetivo perseguido, dado que, si no se prueba de la adquisición de conocimientos lingüísticos suficientes, la denegación de la solicitud de reagrupación familiar se produce automáticamente, sin tener en cuenta las circunstancias específicas de cada caso concreto".