Condenado a 2 años y 4 meses de cárcel el exdirector general de Industria de Canarias por el Caso Eólico

Publicado: viernes, 7 septiembre 2018 17:29

Los arrepentidos López, Guzmán, Briganty y Esquivel, condenados a cinco meses por cohecho, y la mujer de Perdomo a once meses por cooperación en cohecho y malversación

Todo apunta a que ninguno de los acusados deberá ingresar en prisión por esta condena

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado al principal acusado del Caso Eólico, el exdirector general de Industria del Gobierno de Canarias, Celso Perdomo, a un total de dos años y cuatro meses de cárcel.

Así lo ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en un comunicado en el que añade que, de acuerdo al veredicto del jurado emitido el pasado mes de julio --que declaró culpables a los seis acusados--, la condena a Perdomo es de un año y tres meses de inhabilitación y multa de 14.500 euros como autor de un delito de revelación de información reservada; a un año y seis meses de prisión, cuatro años y seis meses de inhabilitación y multa de 240.000 euros por un delito de cohecho pasivo, y a 10 meses de prisión, suspensión de 10 meses y multa de 4.500 euros como autor de un delito de malversación de caudales públicos.

Mientras, su esposa, Mónica Quintana, ha sido condenada a siete meses de prisión y multa de 12.000 euros como autora a título de 'cooperadora necesaria' de un delito de cohecho pasivo, y a cuatro meses de prisión y multa de 2.000 euros como responsable de un delito de malversación de caudales públicos, igualmente en calidad de cooperadora necesaria.

Se da la circunstancia de que Perdomo y Quintana fueron los únicos de los seis acusados que en el juicio se declararon inocentes, mientras que en los dos casos, el magistrado aplica la atenuante de dilaciones indebidas.

CINCO MESES POR COHECHO PARA LOS OTROS CUATRO ACUSADOS

Por otra parte, en referencia a los otros cuatro acusados, que durante el juicio se declararon culpables y reconocieron los hechos tal y como los planteaba el Ministerio Fiscal, el TSJC ha explicado que la Sala aplicó las atenuantes de dilaciones indebidas y arrepentimiento.

Así, condena al funcionario autonómico Honorato López a cinco meses de prisión, un año y tres meses de inhabilitación y multa de 42.000 euros como autor de un delito continuado de cohecho.

De igual modo, condena al empresario Enrique Guzmán, al abogado Alfredo Briganty Arencibia, y al empresario José Ignacio Esquibel, a cinco meses de prisión y 50.000 euros de multa cada uno como autores de un delito de cohecho.

CASO EÓLICO

El Caso Eólico es el primer macroproceso por corrupción de matriz política que se incoó en Canarias en la primera década del presente siglo.

Se trata de un presunto amaño --el TSJC matiza en el comunicado que el fallo aún no es firme-- en el concurso convocado en octubre de 2004 por el Gobierno de Canarias para la asignación de potencia para la instalación de parques eólicos, hasta esa época el mayor en presupuesto en las islas.

Por su parte, la trama, según declara ahora probado la Audiencia, intentó favorecer a determinados empresarios en la adjudicación de los parques, facilitándoles información privilegiada a cambio de dinero. El artífice fue inicialmente Celso Perdomo, pero cuando este fue cesado, el contacto en la administración de los empresarios pasó a ser Honorato López.

LA INVESTIGACIÓN SE INICIÓ EN 2005

La investigación se inició en 2005 a raíz de una denuncia presentada por un empleado insatisfecho de uno de los empresarios interesados en el concurso eólico que mantenía contactos con Perdomo y saltó a la luz pública en enero de 2006.

La instrucción se prolongó durante más cinco años, y la tramitación del proceso vivió innumerables vicisitudes: desde incidentes de recusación en cadena a ataques a la intimidad del representante del Ministerio Público, pasando por el fallecimiento repentino -por causas naturales- del magistrado que había sido designado para presidir el jurado inicialmente.

Si bien el debate sobre la posible remisión condicional de las penas es materia que se analizará en el trámite de ejecución de sentencia --cuando esta adquiera firmeza--, sobre el papel todo apunta a que ninguno de los acusados deberá ingresar en prisión por esta condena, si no comete delitos durante su vigencia.

Finalmente, la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se adjunta, es susceptible de recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia, y contra la decisión de esta instancia cabrá recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Aquí, el Tribunal apunta a que esto, sólo en lo que se refiere a los acusados Perdomo y Quintana, únicos que durante el plenario negaron su participación en la trama delictiva y se declararon inocentes.

Para los otros cuatro imputados, la sentencia es firme desde su notificación, en la mañana de hoy viernes.

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