El Consejo de Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley del Estatuto de la Capitalidad Compartida

Actualizado: domingo, 15 octubre 2006 22:00


SANTA CRUZ DE TENERIFE, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado, en su reunión del viernes, el Anteproyecto de Ley de la Capitalidad Compartida de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife. El objetivo de esta ley es reconocer y reforzar la autonomía de sus dos Ayuntamientos al servicio de una gestión administrativa eficaz, moderna y solidaria. Esto supone el reconocimiento legal de la capitalidad compartida que fija el Estatuto de Autonomía en el artículo 3.1, y de sus símbolos indentificativos, escudo y bandera.

El Gobierno de Canarias pretende, además, con esta norma, que los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma contemplen la condición de capitalidad de Canarias en las ciudades de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria al objeto de potenciar las acciones conjuntas, las capacidades y sinergias económicas, culturales, sociales y de investigación, derivadas de esa condición, al servicio del Archipiélago. Todo ello teniendo en cuenta los efectos económicos y sociales por la consideración de capitalidad y sin detrimento de la financiación establecida en el Fondo de Financiación Municipal. En este sentido los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma verán reflejados la nueva condición de ambas ciudades mediante criterios equitativos de financiación.

Para conseguir dichos fines y con el objeto de que la coordinación de actuaciones entre la Administración regional y las dos administraciones autonómicas sea fluida, el Ejecutivo propone la creación del Consejo de la Capitalidad, que además de las funciones de coordinación, realizará el estudio y propuesta de criterios de financiación y, en su caso, de medidas financieras. Los estudios, informes y propuestas de este órgano colegiado serán elevados para su aprobación al Gobierno de Canarias.

El Consejo de la Capitalidad estará compuesto por el presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias, los alcaldes de las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife, los consejeros competentes en materia de administración territorial y hacienda y un concejal designado por cada uno de los alcaldes. En cualquier caso, se podrán incorporar a sus reuniones, como miembros no permanentes, los consejeros competentes por razón de la materia que se trate y los concejales de las áreas correspondientes.

Finalmente, cabe destacar, que el anteproyecto de Ley insta, a los Ayuntamientos de ambas capitales, a llevar a cabo actividades de interés común para toda Canarias con las demás Administraciones Públicas y con instituciones y organismos europeos e internacionales.