El Supremo ratifica la anulación del concurso para el hospital de Meloneras en el Gran Canaria

Actualizado: jueves, 12 marzo 2009 16:19

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en la que anula la adjudicación a la UTE Clínica San Roque Inversiones Sanitarias Sur de un contrato de concesión administrativa de obra pública para la construcción y posterior gestión del centro sanitario-hospital de Meloneras, al sur de Gran Canaria.

La Sala ha dictado un auto en el que acuerda declarar firme la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y de las sociedades mercantiles Hospiten Holding SL y Clínica de San Roque-Inversiones Sanitarias Sur UTR contra la sentencia de 28 de septiembre de 2007 del TSJC.

Además, declara la imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en este recurso, señalándose como cantidad máxima a reclamar por la parte recurrida en concepto de honorarios de letrado la de 600 euros.

NUEVO INFORME TÉCNICO

La sentencia impugnada estima en parte los recursos contencioso-administrativos interpuestos por la representación procesal de, entre otros, las sociedades mercantiles aquí recurrentes, contra el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, de fecha 25 de marzo de 2003, relativo al concurso abierto para la adjudicación de un contrato de concesión administrativa de obra pública para la construcción y posterior gestión de un centro sanitario-hospital mediante cesión de la parcela número 24 del Plan Parcial Meloneras, del Plan General de Ordenación de titularidad municipal, resultando adjudicataria UTE Clínica San Roque Inversiones Sanitarias Sur.

Así pues, la Sala ha resuelto anular el acto impugnado con retroacción de las actuaciones administrativas y plantea que "se emita un nuevo informe ajustado al pliego de condiciones y con el grado de motivación exigible por los técnicos que se estimen convenientes pero distintos al que emitieron anterior".

Igualmente, plantea que dicho informe se eleve de nuevo a la mesa de contratación que sustituya a la anterior para que a su vez formule la propuesta correspondiente al pleno municipal y, por tanto, readjudicar el concurso.