La Audiencia condena a 9 años de prisión y 30.000 euros de indemnización a un acusado de intento de asesinato en Nájera

Actualizado: miércoles, 22 febrero 2006 20:48

LOGROÑO, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Provincial de Logroño ha condenado a un total de 9 años y 30.000 euros de indemnización a P.M.S.H., de 23 años, sin antecedentes penales, por un delito de asesinato en grado de tentativa en Nájera.

De acuerdo con el escrito, resulta probado que el pasado 14 de mayo del 2004, el acusado acudió al domicilio de la víctima, por motivo de la venta de una caja de discos; cuando estaban en el portal de la vivienda y mientras la víctima estaba agachado, de espaldas al agresor, éste "con el propósito de acabar con su vida", de manera "sorpresiva", por la espalda, con un cuchillo que fue intervenido, le pinchó en la parte trasera del cuello.

Posteriormente, según la misma fuente, el agredido se levantó, a quien el procesado, ya de cara, asestó cuchilladas en el abdomen y en el tórax, intentándose la víctima protegerse colocándose detrás de una puerta de cristal, continuando el procesado dando golpes y patadas en la puerta, rompiendo el cristal.

En ese instante el agredido pedía auxilio gritando "socorro, que me matan, que me matan", intentando subir por la escalera hacia su domicilio, huyendo del procesado al ver cómo la empleada de la Farmacia, contigua al portal y en comunicación con el mismo, acudía, tras oír los gritos, en auxilio de la víctima.

El agredido según el parte de asistencia del Centro de Salud de Nájera tuvo las siguientes lesiones: herida punzante en zona cervical posterior de unos 3-4 centímetros, profunda; herida torácica punzante; herida punzante abdominal, sangrante, taponada con gasa y algodón; y estado de preshock hipovolémico.

Según la misma fuente acudieron los servicios del 061, que monitorizaron al paciente, instauraron oxigenoterapia y analgesia y siguieron con el tratamiento de fluido terapia. En su estado hemodinámicante, el lesionado es derivado al Hospital San Millán.

Una vez allí ingresó en estado hemodinámicante estable y con analgesia, instaurándose un tratamiento de profilaxis y antibióticos. Más tarde fue intervenido quirúrgicamente, en la que se suturo la herida cervical, la herida incisa de cara anterior de hemitórax y se procedió a la realización de varias curaciones.

En la exploración de la superficie corporal, según informe forense, se apreciaron las siguientes lesiones; en región cervical posterior, línea paramedial izquierda, herida de 1,5 centímetros, con dos puntos de sutura, de dirección transversal: en la región torácica izquierda, próxima y exterior a mamilla, herida de 1,5 centímetros, de dirección vertical, suturada con tres grapas; herida de laparotomía suturada con grapas.

Además en el hipocondrio izquierdo, herida de 1,5 centímetros, suturada con tres grapas; en región mentoniana derecha, erosión lineal de 2 centímetros, de escasa entidad; y en la mano izquierda, se objetivaron varias erosiones de escasa entidad.

Según el informe del fiscal las lesiones causadas supusieron "riesgo vital" para el lesionado, ya que, de no haber mediado asistencia médica urgente, hubiera podido ocasionar el "fallecimiento" por shock hipovolémico debido a la pérdida de sangre por hemorragia.

El agredido tardó 191 días en alcanzar la estabilidad lesional, estando los mismos días incapacitado para sus ocupaciones habituales, mientras que estuvo hospitalizado 18 días.

A la víctima le han quedado como secuelas físicas: cicatriz quirúrgica de laparotomía suprainfraumbilical de 17 centímetros; cicatriz de drenaje en fosa ilíaca de 2 centímetros por 0,5; cicatriz de 1,5 centímetros en hipocondrio izquierdo; cicatriz de 1,2 por 0,5 centímetros en región torácica izquierda, próxima a mamilla; y cicatriz de 1,2 por 0,4 centímetros en región izquierda cervical posterior.

El fallo apunta que, en sus conclusiones, el Ministerio Fiscal determinó que estas acciones eran constitutivas de un delito de intento de asesinato, por lo que procedía imponer las penas que finalmente, "una vez acreditados los hechos", se han elevado a definitivas.