Un catedrático de Derecho Civil de la UR publica el primer libro sobre arrendamiento de bienes muebles y renting

Actualizado: miércoles, 9 julio 2008 20:32

LOGROÑO, 9 Jul. (EUROPA PRESS) -

Sergio Cámara Lapuente, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de La Rioja ha publicado el libro 'El arrendamiento de bienes muebles' en la colección Grandes tratados de Editorial Aranzadi. Esta obra es supone el primer tratamiento conjunto publicado sobre esta materia en España.

Según explica el autor en una nota de la editorial, el arrendamiento de bienes muebles y el contrato de renting, entendido como un arriendo mobiliario duradero con servicios, vienen adoleciendo de una suerte de "invisibilidad jurídica que no se compadece con su gran pujanza socioeconómica".

Estos contratos carecen de una expresa regulación ad hoc y no han recibido aún el tratamiento doctrinal de conjunto que merecen, al margen de obras sobre alquileres sectoriales (de automóviles, de buques), muy pocos ensayos sobre el renting desde el punto de vista sustantivo y ninguno sobre el alquiler de todo tipo de bienes muebles en su conjunto.

Así, 'El arrendamiento de bienes muebles' (Aranzadi, 2008) constituye la primera monografía que aborda en nuestro país un estudio completo de Derecho Privado, Civil y Mercantil sobre dichos contratos. En él se examinan, entre otras, cuestiones como las obligaciones de mantenimiento y reparación, las cláusulas de vencimiento anticipado de rentas, el régimen de responsabilidad por deterioro o pérdida, la aplicabilidad de las reglas sobre tácita reconducción, sobre extinción del arriendo ante la enajenación del bien o sobre saneamiento y conformidad, la discutible eficacia de la inscripción del contrato en el Registro de Bienes Muebles, etc.

El análisis de estas materias se acomete con un enfoque eminentemente práctico desde sólidos postulados dogmáticos, a partir de cuatro premisas de metodología: en primer lugar, un completo análisis de 250 sentencias del Tribunal Supremo y audiencias provinciales, seleccionadas por su tratamiento específico entre varios centenares de otros fallos, bastantes también citados, sobre cuestiones próximas.

En segundo lugar, el empleo del llamado Derecho de los formularios para ilustrar los problemas reales del tráfico, a partir no sólo de los modelos de la DGRN, sino de varias decenas de contratos representativos de diversos sectores contractuales.

En tercer lugar, un intenso uso del Derecho comparado, no sólo europeo (con especial referencia al Marco común de referencia sobre Derecho Contractual Europeo de 2008 que acoge los Principios europeos sobre arrendamiento de bienes muebles de igual fecha), sino mundial, para abonar las soluciones con el contrapunto de otros sistemas jurídicos.

En cuarto lugar, se presta especial atención a la adaptación y engaste de los artículos 1542 a 1582 del Código civil sobre el arrendamiento de cosas con otras normas del ordenamiento que afectan al alquiler mobiliario, como el Código de Comercio, la Ley 2/2004 sobre morosidad, el Reglamento sobre Transporte Terrestre, modificado por RD 1255/2006, el Proyecto de Ley de Navegación Marítima de 2006, el régimen del Registro de Bienes Muebles y, muy especialmente, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por RDL 1/2007, de 16 de noviembre.

Por último, el texto se cierra con un útil anexo sobre la jurisprudencia específica de estos contratos y con una propuesta articulada de 'lege ferenda' para su regulación en el Código Civil.