Deniegan la pensión de viudedad a una mujer que convivió 20 años con un hombre, que murió 17 días antes de su boda

Actualizado: viernes, 24 noviembre 2006 19:18

LOGROÑO, 24 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha desestimado el recurso de suplicación de una mujer que reclamaba una pensión de viudedad al no estar casada con el fallecido, que murió sólo 17 días antes de su boda, tras 20 años de convivencia. Una decisión que ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número dos de La Rioja, de 28 de marzo de 2006.

La demandante reclamaba esta pensión al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social. Según los antecedentes del hecho, la mujer solicitó la pensión de viudedad al haber fallecido "de forma súbita" su compañero el 20 de julio de 2005.

La mujer convivió con el fallecido durante más de 20 años, y ahora habían pedido materializar el matrimonio, para lo que fijó la fecha de la boda el 6 de agosto de 2005.

En los fundamentos de derecho, en los que se basa la desestimación del recurso, se incide en diversas sentencias del Tribunal Constitucional que "ha declarado la constitucionalidad de la exigencia de vínculo matrimonial para acceder a la pensión de viudedad".

En el caso del propósito de contraer matrimonio por parte de la demandante y el fallecido, basandose en artículos del Código Civil, señalan que "es claro que la naturaleza del matrimonio impide que el consentimiento presunto o propósito de contraer matrimonio sea equivalente al consentimiento formal que constituye la médula esencial de la institución".