La Audiencia confirma el archivo de la denuncia por presunto maltrato a un alumno autista en un colegio de Getafe

Colegio Santiago Ramón y Cajal en Getafe
Colegio Santiago Ramón y Cajal en Getafe - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 30 julio 2020 17:46

MADRID, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la denuncia por supuestos malos maltratos y vejatorio a un niño autista en un colegio de educación especial en la localidad de Getafe.

Así lo acuerdo en una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra el que no cabe recurso, que desestima el recurso interpuesto por la familia del menor y respalda la decisión del juzgado de Getafe que dictó el sobreseimiento de las actuaciones.

La Audiencia Provincial expone que de la "profusa" instrucción de la causa, con "testificales de peso" (con testimonios de psiquiatras y del ámbito de la Pedagogía y Educación que atendieron al menor) "se concluye que los cambios de conducta del menor tengan su causa a raíz de su estancia en el colegio Ramón y Cajal de Getafe".

Además, refuerza su argumentación haciendo mención al informe de 2017 de un médico que trató al menor y que no consideró justificado que el alumno dejara de asistir al colegio, tal y como trasladó a los padres".

"De la extensa declaración de la doctora y de los informes médicos realizados por la misma, se vuelve a concluir que los comportamientos agresivos que ha sufrido el menor no tienen por qué tener su origen en una situación traumática, desestabilizando", argumenta el fallo judicial.

Además, desgrana que "los comportamientos agresivos o el estrés pueden ser por una circunstancia mínima o pequeña, y es muy difícil saber cuál es la causa". "Por tanto nuevamente no se puede acreditar que los cambios de conducta sean debidos a los supuestos malos tratos a los que se refiere la denuncia", apostilla.

También afirma que "no se ha podido acreditar" que el comportamiento, asistencia y cuidados educativos" realizados en el centro hayan perjudicado el desarrollo "evolutivo y emocional" del menor.

"La ansiedad y trastornos de conducta que ha venido padeciendo no obedecen a una causa cierta, no siendo posible determinar una relación de causalidad entre los actos que, según la denuncia, han sido llevados a cabo" por las trabajadoras investigadas, para añadir que algunos de sus problemas conductuales "existían incluso antes de que fuera escolarizado" en el colegio Ramón y Cajal.

"A ello hay que añadir que en ninguno de los informes médicos en la causa se determina que los cambios en la conducta vengan dados por el supuesto trato recibido" para agregar que antes de entrar en este centro ya había recibido tratamiento para tratar su "conducta disruptiva".

Por tanto, la resolución traslada a la parte recurrente que "el mero hecho de interponer una denuncia no implica la apertura de un procedimiento penal con todas sus consecuencias y menos la apertura de juicio oral, sino que, si de manera clara y practicada diligencias de prueba, se determina que no está suficientes justificada la perpetración del hecho delictivo, el juez de instrucción está obligado a archivar".

De hecho, la Sala señala que "en cuanto a la existencia de indicios racionales de criminalidad en la persona de las investigadas que proclama la acusación particular, comparte en su integridad los argumentos del juez instructor, para acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones".

La investigación se produjo a instancias de una denuncia de los padres a tres trabajadoras del colegio por un presunto delito de acoso y trato degradante así como uno de supuestas lesiones psicológicas al escolar con un trastorno de autismo.

Para ello se basaban en unas grabaciones que realizaron los padres al poner un micro a su hijo. La denuncia recogía que los padres empezaron a notar un "cambio brusco" en el comportamiento de su hijo, que estaba siendo tratado con seguimiento por parte de un médico psiquiatra del Hospital Gregorio Marañón.

Aludían a que el niño presentaba crisis de ansiedad y gritaba reiteradamente frases como "no me pinches" o "no me saques fuera", por lo que decidieron colocarle un pequeño dispositivo localizador/grabador en su ropa con el fin de detectar quién o qué le estaba causando esos daños, y así lo hicieron durante cuatro días en noviembre.

Una vez tuvo conocimiento de la denuncia hecha pública por los padres del alumno, la Inspección Educativa inició un expediente de información reservada y determinó, tras analizar pormenorizadamente los hechos y tener en cuenta las más de 20 horas de grabación, que "no se desprendía un trato degradante hacia el menor ni ningún hecho que pueda ser constitutivo de responsabilidad disciplinaria por el delito de acoso" a funcionarios docentes del citado centro.

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