Condenan al Ayuntamiento de San Agustín a pagar 240.000€ por unas obras pedidas por un exalcalde 'motu proprio'

Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix
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Actualizado: viernes, 2 febrero 2018 10:01

No contaban ni con licencia urbanística ni con orden de ejecución. Tampoco se aprobaron en Pleno

MADRID, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix a pagar 239.364,15 euros a dos empresas por construir dos pistas de pádel y tres de tenis a petición del exalcalde Jesús Sainz y que no contaban ni con licencia urbanística ni orden de ejecución, así como posteriormente cancelar su construcción y no abonar el pago.

Así lo ha acordado el tribunal en una sentencia, adelantada por el diario 'El Mundo' y a la que ha tenido acceso Europa Press. Los hechos se remontan al año 2011, cuando Sainz era aún el alcalde del municipio por  Agrupación Independiente de San Agustín de Guadalix. Las empresas Adober Electricidad S.L. y OCA Construcciones y Proyectos S.A. fueron contratadas por el Consistorio para la obra de un centro deportivo y una piscina cubierta municipal por un importe de licitación superior a los dos millones de euros. Para obtener dicho contrato, ofertaron mejoras en las obras por un total de 248.808,56 euros.

Una vez adjudicado el contrato, unos representantes del Ayuntamiento concretaron las obras a realizar por las dos empresas, pero les reclamaron mayor cantidad de obra de la que se podía pagar con esos 248.000 euros, por lo que finalmente se decidió ejecutar una parte con cargo a las mejoras del contrato y otra parte aprobada por el Consistorio.

Estos representantes eran la arquitecto directora de la obra, el arquitecto técnico director de la ejecución y el que se suponía era arquitecto municipal, "quien luego comprobaron que no era tal".

"Estas personas dijeron a los demandantes que los proyectos y presupuestos de las obras de mejora estaban aprobados por el órgano administrativo competente y se ordenó iniciar dichas obras", recoge la sentencia.

Los demandantes las iniciaron e "incurrieron en los gastos correspondientes". Finalmente, desde el Ayuntamiento les indicaron que no continuaran con las obras, aunque para entonces ya estaban construidas dos pistas de pádel y tres de tenis. Por ello, acusan al Ayuntamiento de "faltar a la buena fe" y de "enriquecerse injustamente", ya que "se está beneficiando de las instalaciones construidas sin pagar nada, y pretende seguir así por tiempo indefinido".

El Consistorio se defendió asegurando que las demandantes "conocían que ejecutaban las obras sin orden de la autoridad competente, confabulándose con los arquitectos para ejecutar el contrato sin ninguna intervención a fin de percibir superior precio por el contrato". Asimismo, defienden que las dos empresas no ejecutaron la obra, sino que la adjudicaron a otra por un precio de 58.149,97 euros, "muy inferior al que reclaman".

EL PROPIO ALCALDE ENCARGÓ LAS OBRAS

El magistrado, sin embargo, considera probado que fue el propio alcalde quien encargó al arquitecto técnico director de la obra el proyecto de pistas de tenis y pádel. Después, entregó el proyecto a las empresas, la arquitecto directora de la obra y al arquitecto municipal, "cargo de confianza" del regidor. Un mes más tarde se produjo una reunión entre todos ellos, donde este arquitecto municipal fue presentado como "responsable técnico del Ayuntamiento".

En la misma las empresas discreparon en cuanto al coste de las obras, por lo que el alcalde determinó que se presentarían al órgano de contratación municipal dos proyectos separados: uno con las obras que podían costearse con las mejoras ofertadas por las empresas y otro con las demás construcciones. De la edificación de las nuevas pistas el propio alcalde informó a través de correo electrónico a los arquitectos. Además, la sentencia recoge otra serie de mensajes en los que todos los implicados se comunican mutuamente el estado de las obras y sus plazos.

Dos años más tarde, ya con Sainz fuera del cargo, la Junta de Gobierno del Consistorio ordenó a las empresas demoler las obras realizadas por carecer de licencia urbanística y orden de ejecución, lo que fue recurrido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 16 de Madrid por las constructoras.

El tribunal finalmente dio la razón a las demandantes y revocó la orden de demolición, por entender que "las obras habían creado riqueza para la ciudad, respondían a un encargo del alcalde y debían haber concedido plazo a las demandantes para solicitar la legalización de estas obras".

"Partiendo de todos estos hechos probados, se estima que la demandante inició las obras sabiendo que no habían sido ordenadas por la autoridad competente, ya que tenían que tener personal suficientemente formado como para diferenciar quién podría aprobar el proyecto de obras de mejora y, en consecuencia, autorizar que se iniciasen", explica la jueza, quien añade que queda "claro" que el alcalde no era competente para aprobar las obras, sino el Pleno del Ayuntamiento.

Sin embargo, en este punto la magistrada introduce un matiz: "Puede que las demandantes iniciaran las obras ante la insistencia del alcalde y por el temor a perder el contrato por contratarle". "En definitiva, puede que fueran contratistas que solo aceptaron empezar las obras antes del momento adecuado, esperando que después serían aprobadas por el órgano competente", apostilla.

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