Un juez anula una sanción a un conductor por acceder sin autorización a Madrid Central al haber "vaivén informativo"

Distintivo de Madrid Central en Madrid (España).
Distintivo de Madrid Central en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Publicado: miércoles, 23 septiembre 2020 16:43

MADRID, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 22 de Madrid ha anulado, en sentencia que ha sido ratificada por los Juzgados 10 y 31 de lo Contencioso Administrativo de Madrid, una sanción impuesta a un conductor por acceder a Madrid Central sin autorización ya que se considera que este "vaivén normativo" hace imposible que los conductores medios conocieran la normativa.

En el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez asegura que "resulta difícil admitir que se pueda exigir a un conductor medio que conozca los sucesivos cambios de situación en los Boletines Oficiales (de fechas muy próximas) para conocer qué día una normativa sancionadora que estaba en vigor deja de estar en vigor, y qué día vuelve a entrar en vigor, todo ello sin nueva 'vacatio' esencial para el conocimiento de la modificación penalizadora, singularmente en los días inmediatamente siguientes a cada una de esas modificaciones como sucede en el caso de autos".

Además, se asegura que el principio constitucional de seguridad jurídica impone que la normativa sancionadora no esté cambiando de forma casi diaria.

Y continúa alegando que "es difícil aceptar un reproche social al administrado en forma de sanción, cuando la normativa reguladora de los accesos a la ZBE Madrid Central no ha tenido en esas fechas una cierta estabilidad en el tiempo, que permitiese el conocimiento cierto de la norma, para que los conductores conocieran el riesgo de sus posibles comportamientos infractores".

Desde Pyramid Consulting aseguran que esto se une "a que no se informó correctamente a los conductores sobre el funcionamiento de Madrid Central", lo que "provocó un aluvión de multas que se notificaron a partir de septiembre de 2019 a los conductores, muchos de ellos residentes de Madrid Central".

En este sentido apuntan que "los vaivenes normativos y las informaciones confusas se siguen produciendo, habiéndose generado un galimatías jurídico en los conductores que les impide conocer la normativa a la que deben atenerse y si Madrid Central se encuentra en vigor".

Recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado sentencia indicando que Madrid Central debe ser anulado al no incluirse un análisis del impacto económico de las consecuencias derivadas de la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible y la falta de sometimiento de la misma a información Pública, sentencia que aún no es firme a la espera de que se resuelva el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción.

EL PERÍODO DE SANCIÓN

En un principio, desde el 1 de enero hasta el 15 de marzo de 2019 se comunicó que se enviarían cartas informativas sin sanción, a aquellos conductores que accedían a Madrid Central sin autorización. Por el contrario, no se informó debidamente a los conductores.

Con el cambio de Alcaldía se aplicó una moratoria sobre las sanciones de Madrid Central, en la primera semana de julio de 2019, volviendo a sancionar una semana más tarde tras Sentencia del Juzgado de lo contencioso Administrativo 24 de Madrid que obligó al Ayuntamiento de Madrid a levantar la moratoria y a sancionar.

"Ante estos cambios se generó confusión en los conductores, desconociendo si Madrid Central se encontraba en vigor", añaden desde Pyramid Consulting.