Un juez levanta la imputación al principal sospechoso de la muerte de una mujer en 2012 en el barrio de Las Rosas

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Publicado: lunes, 6 mayo 2019 17:37

MADRID, 6 May. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 de Madrid ha levantado la imputación sobre el principal sospechoso de la muerte violenta de una mujer de 46 años en mayo de 2012 en el barrio de Las Rosas (San Blas) al considerar que no hay indicios suficientes para sustentar la acusación por un delito de homicidio.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el juez acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto a F.S.J., la expareja de la víctima y defendido por el abogado Fernando Pamos de la Hoz. También se decreta el sobreseimiento respecto a las diligencias de la empleada del hogar del anterior.

Los hechos se produjeron en mayo de 2012 cuando la mujer apareció degollada en su domicilio. Su marido llamó al 112 cuando se encontró a su mujer tendida en el suelo en un charco de sangre con heridas de arma blanca en el cuello. El marido fue detenido, pero se le dejó en libertad al no apreciar indicios de que participara en el crimen.

La instrucción arrancó en 2013 en el Juzgado de Instrucción número 27 de Madrid, pero se archivó. La Audiencia Provincial de Madrid ordenó la reapertura en 2016. El juez investigó en la instrucción un posible móvil económico por la supuesta herencia del marido de la fallecida, un extremo que ahora descarta.

En la resolución, el juez destaca que no hay indicio alguno de que el acusado hubiere tenido "ningún contacto físico ni con la víctima ni
con su domicilio, no hallándose resto alguno de ADN de la víctima entre las pertenencias ni domicilio del investigado, ni tampoco del ADN de él en las muestras tomadas en la escena del delito".

Además, descarta que el móvil económico fuera la supuesta herencia del marido de la fallecida. En este punto, señala que "la prexistencia de los alrededor de 45.000 euros procedentes de una herencia del marido de la víctima, que desde un principio se ha dado por hecho que estaban en la vivienda, no ha resultado ni mínimamente acreditada desde el punto de vista indiciario".

En cuanto a la conducta de la mujer, investigada por un
presunto delito de encubrimiento, "evidentemente no procede la apertura del juicio oral por razón de la propia operatividad del principio acusatorio pues ninguna de las acusaciones ha solicitado la apertura del juicio oral contra ella" y sí expresamente el Ministerio Fiscal el sobreseimiento provisional respecto de su imputación.