Un total de 2.631 aspirantes se presentarán el próximo sábado al examen para obtener la licencia obligatoria de portero

Actualizado: sábado, 7 marzo 2009 14:26

Deberán superar dos pruebas, una de conocimiento y otra psicológica

MADRID, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

Un total de 2.631 aspirantes se presentarán a la prueba que la Comunidad de Madrid llevará a cabo el próximo día 14 de marzo para obtener la certificación que les facultará para ejercer el control de acceso en los locales de copas y discotecas de la región, informó hoy el Gobierno regional.

Organizada por la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, la prueba se celebrará a las 11.00 horas en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad Politécnica Madrid y en Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, ambas situadas en la Ciudad Universitaria.

El examen se llevará a cabo en llamamiento único y para poder realizarlo, los aspirantes deberán presentar el original de su DNI, carné de conducir, tarjeta de residencia de extranjeros o resolución original de concesión de la misma o su renovación. En los casos en que acrediten la sustracción o pérdida del mismo, la corrección del ejercicio quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador. Asimismo, deberán ir provistos de lápiz negro del número dos.

Según la nueva normativa aprobada por el departamento que dirige Francisco Granados, para obtener el certificado acreditativo es necesario superar dos pruebas, una de conocimiento y otra psicológica. El test de conocimiento consistirá en un cuestionario de cincuenta preguntas que versarán sobre derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española, nociones básicas de delitos contra las personas y contra la libertad y seguridad, la omisión del deber de socorro, atentado o falta de respeto a la autoridad o sus agentes, así como delitos contra la salud pública.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Los aspirantes deberán conocer cuestiones sobre la tenencia de armas, el derecho de admisión y libro de reclamaciones, horarios de establecimientos públicos, limitaciones a la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco, protección de menores de edad y tener nociones básicas sobre salvamento, prevención y extinción de incendios. Los aspirantes han de cumplir, además, una serie de requisitos como ser mayor de edad, tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo, y carecer de antecedentes penales.

En breve se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la lista definitiva de admitidos (2.631), de los que 96 presentaban errores en la documentación aportada, que posteriormente han subsanado, y los excluidos (174) así como en los tablones de anuncios del Registro General de la Comunidad de Madrid y de los registros de las diferentes consejerías.

Tras la celebración de las pruebas, se publicará la lista de aspirantes aptos, que se mostrarán en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano y en la Academia de Policía Local, entre otros lugares. La Academia de Policía Local dictará resolución declarando los aspirantes que han superado las pruebas y será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad.

Los aspirantes que hayan superado las pruebas deberán presentaren la Academia de Policía Local, el certificado de registro de penados y rebeldes del Ministerio de Justicia y una declaración jurada o promesa de carecer de antecedentes penales en el extranjero. Tras la comprobación oportuna y en un plazo de diez días hábiles, la Academia de Policía Local expedirá las certificaciones acreditativas individuales que deberán ser recogidas en sus instalaciones.

La validez del 'carné' de portero será de cinco años y con él podrán ejercer a partir de abril. Pasado este tiempo, podrán renovarlo, sin coste alguno y sin volver a pasar otro examen, siempre y cuando sigan manteniendo el permiso de trabajo en vigor y no tengan antecedentes penales. Los 'puertas' que no lleven la acreditación visible, que les facilitará la Academia, o incumpla alguno de los supuestos de la normativa quedarán inhabilitados para ejercer esta profesión.