La Audiencia revoca una sentencia que condenaba a un policía por golpear a dos mujeres en Comisaría

Actualizado: domingo, 22 agosto 2010 13:52

Sin embargo, confirma la pena para las dos mujeres, condenadas a seis meses de prisión cada una por un delito de resistencia

MURCIA, 22 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Penal Número 2 de Murcia que condenó a un agente de policía nacional a la pena de multa de dos meses, con cuota diaria de seis euros, como autor de dos faltas de lesiones a dos mujeres a las que golpeó con su defensa reglamentaria cuando estaban detenidas en la Comisaría.

Por el contrario, la Audiencia confirmó la pena para las dos mujeres, que habían sido condenadas a seis meses de prisión por un delito de resistencia, al generar un tumulto en la oficina de denuncias de Comisaría de Policía, haciendo caso omiso al requerimiento del funcionario.

Los hechos se remontan al 16 de junio de 2005, cuando las dos acusadas se encontraban en dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Murcia, donde habían sido trasladadas por dos agentes del Cuerpo Nacional de Policía en aras de su identificación, sin tener los grilletes puestos, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Una vez allí, y mientras los agentes mencionados se introducían en las oficinas de denuncias, se formó un tumulto entre las dos acusadas y el tercer policía nacional, que es el que se encuentra acusado, las requirió para que cesaran en su actitud. En concreto, las dos acusadas estaban exaltadas y bailando, escuchándose gritos y voces en los calabozos de la citada Comisaría.

El relato de los hechos explica que "sin que se pueda conocer quien comenzó a golpear a quien, el policía nacional comenzó a usar la defensa reglamentaria, dando varios 'gomazos' a las retenidas y acusadas, durante 20 ó 30 segundos".

Mientras, una de las acusadas insultaba al agente de policía, advirtiéndole que la otra detenida estaba embarazada y que se le iba a "caer el pelo". Al mismo tiempo, ambas golpearon al agente y, de hecho, el policía nacional acusado presentó una huella de zapato en la zona testicular de los pantalones.

Según el informe médico forense, el agente sufrió "lesiones consistentes en una primera asistencia, tardando 50 días en curar, de los que 30 fueron impeditivos". Por su parte, las dos acusadas resultaron con lesiones que precisaron para su curación una primera asistencia facultativa, tardando una de ellas siete días en curar y la otra tres días, todos ellos no impeditivos.

Por todo ello, los tres acusados reclamaron la indemnización que pudiera corresponderles.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Murcia condenó a las dos acusadas a la pena de seis meses de prisión, a cada una de ellas, accesorias y costas, como "autoras criminalmente responsables del delito de resistencia, ya definido, con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas".

Además, condenó al policía nacional a la pena de multa de un mes, por cada una de ellas, con cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas y costas, como autor criminalmente responsable de dos faltas de lesiones, ya definidas.

En cuanto a la responsabilidad civil, el juez decidió que el policía nacional debía indemnizar a las acusadas por los días no impeditivos a razón de 25,46 euros diarios, hasta sumar la cantidad de 178,22 euros para una, y 76,38 euros a la otra.

De la misma forma, ordenó que las acusadas indemnizarán conjunta y solidariamente al policía nacional con 1.927 euros, a razón de 25,46 euros diarios por los 20 días no impeditivos, y 47,28 euros por los 30 días impeditivos.

RECURSO DEL POLICÍA

El policía nacional recurrió la sentencia, que finalmente fue revocada por la Audiencia Provincial respecto a la condena del agente como autor de la falta de lesiones. Y es que la sala consideró que "resulta indiscutible que los hechos sucedidos determinaron la reacción reglamentaria del agente policial frente a las acusadas, actuando en todo momento en cumplimiento de un deber y en el ejercicio legítimo de su cargo".

Por el contrario, la Audiencia Provincial confirmó el pronunciamiento de condena a las dos acusadas en los términos expresados en la sentencia recurrida, pero revocó la responsabilidad civil otorgada a favor del policía, concretando la misma en 2.400 euros que deben indemnizar de forma conjunta y solidariamente.

En este caso, la Audiencia estima que las dos "procedieron a generar un tumulto en la oficina de denuncias de Comisaría de Policía, haciendo caso omiso al requerimiento del funcionario". Por el contrario, señala, "las acusadas exaltadas, comenzaron a bailar y proferir voces y gritos, incluso en los calabozos, determinando la reacción del Policía Nacional".