Cultura incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural del yacimiento de San Esteban

Actualizado: viernes, 22 enero 2010 11:05

MURCIA, 22 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publicó hoy la resolución de la Dirección General de Bellas y Bienes Culturales, dependiente de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica, a favor de los restos arqueológicos del arrabal de la Arrixaca Nueva ubicados en San Esteban.

Según fuentes del BORM consultadas por Europa Press, la decisión fue adoptada tras consultar a la Comisión de expertos constituida para el estudio y valoración de los restos arqueológicos de San Esteban sobre la conveniencia de la iniciación del expediente de declaración como bien de interés cultural del conjunto urbano de época andalusí localizado en el antiguo arrabal.

La Consejería determinó la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés cultural al yacimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Asimismo, la Consejería resolvió describir el yacimiento para su identificación, delimitando la zona afectada, y seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

De la misma forma, la Dirección General decidió dar traslado de esta resolución al Ayuntamiento de Murcia y hacerle saber que "todas las actuaciones que hayan de realizarse en la zona arqueológica cuya declaración se pretende, no podrán llevarse a cabo, sin la previa autorización expresa de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales".

Así pues, quedarán en suspenso, en su caso, "los efectos de las licencias ya otorgadas, así como la prohibición del otorgamiento de nuevas licencias urbanísticas, salvo que se trate de obras por fuerza mayor, las cuales precisarán también la autorización de esta Dirección General". Será preceptiva la misma autorización para colocar cualquier clase de rótulo, señal o símbolo.

Igualmente, el BORM explica que la resolución publicada "no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el consejero de Cultura y Turismo, Pedro Alberto Cruz, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación".

YACIMIENTO

Las excavaciones arqueológicas efectuadas en el antiguo jardín de San Esteban permitieron evidenciar una ocupación que puede remontarse a fines del siglo XI con un desarrollo progresivo que alcanza hasta mediados del siglo XIII, según explica el Boletín.

El crecimiento demográfico que conoció la medina a lo largo de esta centuria, propició la expansión del área urbana ocupando el arrabal denominado Arrixaca Nueva que en origen constituía, según las fuentes, un espacio constituido por grandes residencias y áreas de jardines y huertos.

Así pues, en el siglo XIII el espacio fue ocupado en su totalidad consecuencia fundamentalmente del traslado de la población musulmana al arrabal con la conquista cristiana, hecho conocido a través de las fuentes documentales y que ha podido documentarse en las actuales excavaciones arqueológicas.

Hasta ahora, el BORM determinó que se ha registrado unas 60 viviendas y un conjunto más complejo, formado por seis grandes recintos residenciales denominado complejo palacial en la memoria de la excavación, que mantienen un mejor estado de conservación conectados por una amplia red de calles con trazado ortogonal.

Aunque el estado de conservación es desigual, el conjunto excavado supone una importante aportación al conocimiento de la trama urbana del antiguo arrabal de La Arrixaca. Asimismo, las plantas de las casas son reflejo de los modelos característicos islámicos, con patios centrales incluso en las más modestas, lo que les da un valor tipológico como muestra de una vivienda tradicional islámica del arrabal murciano del siglo XII-XIII.

Por otra parte, el conjunto de viviendas que rodea al actual palacio de San Esteban son de mayores proporciones y en algún caso presentan una buena conservación de la fase del siglo XIII y permite la lectura de las fases precedentes.

Junto a las viviendas, el BORM recoge que resulta destacable la existencia de un sector de carácter religioso, ubicado en el extremo noroeste del área en excavación, con una zona de necrópolis y un pequeño oratorio o mezquita.

Por consiguiente, el interés de conjunto del área excavada, tanto por su gran extensión y por la fácil lectura de las viviendas documentada, así como disponer de un amplio sector de la trama urbana del arrabal medieval justifica, en opinión de la Comisión de expertos reunida el pasado día 11 de enero de 2010, la incoación de expediente de Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Arqueológica.

La delimitación abarca a toda la zona excavada, delimitada por las calles Callejón de Berruezo, Jerónimo de Roda, y Portillo de San Antonio, desde aquí, por la calle Acisclo Díaz hasta la cabecera de la iglesia de San Esteban, continúa bordeando la iglesia y actual Palacio de San Esteban hasta alcanzar de nuevo el Callejón de Berruezo.