Dictan la primera condena por conducir drogado tras la instrucción de la Fiscalía por su falta de judicialización

Publicado: martes, 2 octubre 2018 10:22

El conductor ha sido condenado a pagar una multa de 480 euros

MURCIA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 5 de Murcia ha condenado a un individuo a pagar 480 euros de multa por conducir bajo los efectos del alcohol, cannabis y cocaína. Se trata de la primera sentencia condenatoria por conducción de vehículos a motor bajo los efectos de drogas tras la aplicación de la instrucción de la Fiscalía de Murcia, que fue remitida a la Guardia Civil y a todas las policías locales de la Región de Murcia en el mes de septiembre.

Cabe recordar que la Fiscalía dictó esta instrucción al considerar "inaceptable" que ninguno de los casos positivos de conducción bajo la influencia solo de drogas tras una infracción administrativa registrados en 2017 se judicializó debido posiblemente a la dificultad en concretar la sintomatología por cada droga y a la no fijación de límites.

Así lo hizo saber el propio Fiscal Superior de la Región, José Luis Díaz Manzanera, quien explicó que la instrucción fue remitida a la Guardia Civil y policías locales de toda la Región, para que se remita al Juez de guardia y al Fiscal de seguridad vial los atestados que se incoen con resultado de accidente o con infracción administrativa muy grave o grave, en los que se haya constatado la presencia de consumo de drogas en el conductor.

Los resultados de esta iniciativa serían analizados y expuestos públicamente en el próximo año, tal y como hizo saber Díaz Manzanera en la presentación de la Memoria de la Fiscalía del año 2017.

Precisamente, esa Memoria puso de manifiesto que en 2017 se registraron 1.052 pruebas positivas de conducción bajo la influencia solo de drogas, y 1.047 fueron solo a la vía administrativa. De 50 positivos con accidente, "solo 5 fueron a la vía penal, y de los 247 positivos tras una infracción administrativa, ninguno se judicializó.

Igualmente, la Fiscalía remitió a la Fiscalía General del Estado (FGE) una propuesta de reforma legislativa con el fin de que se incluya este supuesto en el actual artículo 379 del código penal.

HECHOS PROBADOS POR LA SENTENCIA

Los hechos considerados probados en esta primera sentencia reflejan que el acusado circulaba sobre las 19.47 horas del día 8 de septiembre de 2018 después de haber ingerido alcohol y sustancias estupefacientes que le incapacitaban para una segura conducción por la calle Santa María de la pedanía de Sangonera la Verde.

En concreto, el individuo conducía por dirección prohibida siendo instantes después detectada su presencia por agentes de la Policía Local que le hallaron estacionado en la citada calle. Los policías observaron signos en el acusado de encontrarse bajo la influencia del alcohol o de las drogas.

Al ser sometido a la prueba con etilómetro portátil, arrojó un resultado positivo de 0,38 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, siendo solicitada la presencia de la Unidad de Atestados.

A continuación, el acusado fue sometido al test indiciario salival de detección de drogas y arrojó un resultado positivo a cocaína y cannabis, siendo posteriormente confirmado por el análisis del laboratorio con positivo a Benzoilecgonina, Cocaína, Cannabidiol y THC.

El acusado presentaba como síntomas externos: desorientación espacial, movimientos oscilantes de la verticalidad, locuacidad, incoherencia, movimientos descoordinados, nistagmos y pupilas dilatadas.

El acusado, a través de su abogado defensor, mostró conformidad con el escrito de acusación, por lo que fue condenado por un delito de conducción bajo influencia de alcohol y drogas.

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