Policía Local de Murcia denuncia a 11 'gorrillas' que actuaban en la ciudad

Policía Local de Murcia denuncia a 11 'aparcacoches' ilegales, conocidos como 'gorrillas'
Policía Local de Murcia denuncia a 11 'aparcacoches' ilegales, conocidos como 'gorrillas' - CUENTA DE TWITTER DE LA POLICÍA LOCAL DE MURCIA
Publicado: jueves, 9 enero 2020 9:35

Ayuntamiento Murcia avanza que si no hay alegaciones, la ordenanza que permitirá actuar se aprobará en el Pleno de este mes

MURCIA, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Policía Local de Murcia ha denunciado a 11 aparcacoches ilegales, conocidos como 'gorrillas', que actuaban en la ciudad. En su cuenta de twitter, dicho cuerpo policial aconseja que ante cualquier situación de amenaza, coacción o intimidación de 'gorrillas' no hay que dudar en denunciarlo al '092'.

Hay que recordar que la ordenanza que permitirá actuar específicamente contra los aparcacoches irregulares se encuentra en la fase de exposición pública y si no hay alegaciones se aprobará en el Pleno de este mes, según fuentes del Consistorio consultadas por Europa Press.

El pasado mes de noviembre, la Junta de Gobierno dio luz verde a esta nueva ordenanza, "que dotará de mayor seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los agentes de la Policía Local y dará respuesta a muchas de las reclamaciones vecinales".

El concejal de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, Eduardo Martínez-Oliva, recordaba, por ejemplo, la agresión de un 'gorrilla' este verano a una mujer embarazada que se negó a darle dinero o las peleas generadas entre ellos en distintos barrios de la ciudad, y "es que ha llegado un punto en el que se hacen con cuatro o cinco calles de cada barrio e incluso de calles ya reguladas por la ORA" y la cosa es especialmente "complicada" en el parking disuasorio del Malecón o el del Víctor Villegas.

"El objetivo es afrontar una realidad y la inacción no es la solución", subrayaba el edil, quien señalaba que desconoce si esta nueva normativa "será la panacea o la solución definitiva, pero se podrá actuar con mayor éxito" ante un fenómeno por el que el Ayuntamiento ha realizado 3.042 expedientes sancionadores a aparcacoches en 2018. "Lo único que nos permitía la Ley, sanciones con carácter pecuniario" por lo que "no hay inacción por parte de la Policía ante este fenómeno".

La nueva normativa, además de dar cumplimiento al principio de seguridad jurídica, cumple el principio de proporcionalidad y contempla como infracción leve una sanción de 750 euros, de 751 a 1.500 euros la sanción grave y de 1.501 a 3.000 euros la infracción muy grave, "además de la posibilidad de incautación por la Policía de los frutos obtenidos por esta actividad irregular", que se llevará, fundamentalmente, con policía de paisano.

DOBLE BASE JURÍDICA

Esta normativa busca dar respuesta a los vecinos que piden normas que eviten conductas que generan inseguridad como los aparcacoches, determinadas ventas de productos u ofrecimiento de servicios como la limpieza de parabrisas, impidiendo o limitando a los ciudadanos la libre utilización de espacios públicos destinados al aparcamiento o libre tránsito de las personas.

En la elaboración de esta norma se han seguido los trámites de consulta pública previa, audiencia e información pública "para asegurar la transparencia y participación de la ciudadanía en general y de los colectivos especialmente afectados en particular", siendo su texto el resultado de una intensa participación ciudadana

La ordenanza tiene una doble base jurídica: los artículos 139 a 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que establece la posibilidad de que los Ayuntamientos, en defecto de normativa sectorial específica, puedan establecer los tipos de infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones.

Además de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que habilita a los Ayuntamientos para que las ordenanzas municipales puedan introducir especificaciones o graduaciones en el cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en la propia Ley.

RÉGIMEN SANCIONADOR

Se considerará infracción leve, ofrecer sin autorización cualquier bien o servicio, tales como venta de productos, limpieza de parabrisas o similares, en vías o espacios públicos a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos; e infracciones graves, la reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción leve cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

Asimismo, se considerará infracción grave, realizar limpieza de los parabrisas de los vehículos detenidos en los semáforos; y realizar conductas que representen actitudes coactivas o de acoso u obstaculicen e impidan de manera intencionada el libre tránsito de los ciudadanos por los espacios públicos.

Así como la comisión de la conducta prevista como leve en esta Ordenanza cuando para su realización se utilicen menores o personas con discapacidad.

Se considerará infracciones muy graves, la reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción grave cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

Además, se regulan distintas intervenciones específicas como que el Ayuntamiento adoptará todas las medidas a su alcance para erradicar la realización de las conductas tipificadas en esta Ordenanza en cualquiera de sus formas en el municipio prestando la ayuda que sea necesaria para la inclusión social.

Por ello, los agentes de la autoridad, o en su caso los servicios sociales, informarán, a todas las personas que ejerzan las conductas tipificadas en esta ordenanza, de las dependencias municipales y de los centros de atención institucional o de carácter privado a los que pueden acudir para recibir el apoyo que sea necesario para abandonar estas prácticas.

En todo caso, los agentes de la autoridad intervendrán y aprehenderán cautelarmente los instrumentos utilizados para la comisión de la infracción, así como el dinero, los frutos o los productos obtenidos que se mantendrán bajo la custodia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad mientras se tramita el procedimiento sancionador o hasta que se resuelva la devolución o se decrete el comiso.

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