La Abogacía General de la Generalitat se personará en el caso de la joven asesinada en Pilar de la Horadada (Alicante)

Actualizado: viernes, 9 mayo 2008 19:54

VALENCIA, 9 May. (EUROPA PRESS) -

El Consell valenciano acordó en su sesión plenaria de hoy autorizar a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar ante la Jurisdicción Penal la acción popular en el caso relacionado con el asesinato de Laura Jiménez, cuyo cadáver fue hallado el pasado 21 de abril en Pilar de la Horadada (Alicante) con síntomas de estrangulamiento, según anunció hoy el vicepresidente primero de la Generalitat, Vicente Rambla, durante la rueda de prensa posterior al pleno.

El conocimiento e instrucción del procedimiento penal correspondió en su inicio al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Orihuela (Alicante) que, con fecha 28 de abril, remitió la instrucción al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Orihuela para su tramitación.

El suceso, pendiente de diligencias para su esclarecimiento, es un problema de ámbito social público de interés general, que "obliga a los poderes públicos a actuar de una manera activa, con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos", resaltó Rambla, quien garantizó que el Ejecutivo presidido por Francisco Camps va a "seguir trabajando" para que no haya "ni una sola mujer que no tenga capacidad de denunciar" estas prácticas.

La Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, dispone en su artículo 36 que "la Conselleria con competencias en materia de la mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat el ejercicio de la acción popular, a través del Gabinete Jurídico de la Generalitat o de abogadas/os colegiadas/os, en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana".

Por su parte, el Decreto 122/2007 del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, corresponde a ésta ejercer, entre otras, las competencias en materia de "prevención y erradicación de la violencia, con especial atención a la ejercida sobre la mujer".

La Ley 10/2005 de Asistencia Jurídica de la Generalitat, dispone que corresponde a los abogados de la Generalitat integrados en la Abogacía General la representación y defensa en juicio de la Generalitat. Asimismo, de acuerdo con esta ley, éstos no pueden ejercer acción alguna en nombre de la Generalitat sin estar previamente autorizados a ello por la autoridad competente, siendo el Consell una de las autoridades competentes para el otorgamiento de las autorizaciones.