Una acusación popular critica la "ignorancia fingida" del delegado del Gobierno en Madrid para no prohibir el 8-M

El delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, a su salida tras declarar ante la juez de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel.
El delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, a su salida tras declarar ante la juez de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel. - Ricardo Rubio - Europa Press
Publicado: miércoles, 24 junio 2020 19:40

La asociación José María Mena recurre el archivo de la causa porque Franco tenía los "elementos esenciales" del riesgo de contagio

MADRID, 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

La asociación de consumidores José María Mena, una de las acusaciones populares en el conocido como 8-M, ha criticado que el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, mantuvo una "ignorancia fingida" sobre los riesgos de contagio del coronavirus, ya que disponía de los "elementos esenciales" --tiempo, lugar y persona-- para determinar las consecuencias.

Así lo sostiene la asociación en el recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, presentado contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, de acordar el sobreseimiento provisional de la causa abierta por un presunto delito de prevaricación administrativa.

En su opinión el archivo de la causa ha tenido lugar antes de tiempo, pues aún queda por esclarecer dos cuestiones: "si el tipo de información que precisaba el delegado del Gobierno de Madrid para prohibir o condicionar los actos públicos que se someten a su criterio, era de un alto nivel técnico" y "si esa falta de iniciativa para tomar conocimiento de la situación sanitaria responde a una ignorancia deliberada o a una ignorancia fingida".

A lo largo de 21 páginas, la asociación --que ha ostentado una de las direcciones letradas de todas las acusaciones que han tratado de personarse en el procedimiento-- asegura que de la declaración que prestó Franco ante la juez instructora, dos días antes de que se archivara la causa, se desprende que la Delegación del Gobierno "era consciente de lo que estaba pasando en España" y tenía conocimiento del "sistema de transmisión del virus en grandes aglomeraciones y su peligrosidad".

Aún así, Franco no pidió recomendación o instrucción alguna sobre la procedencia de autorizar concentraciones multitudinarias antes de la declaración del estado de alarma, el pasado 14 de marzo, señala el escrito, que incide en que "deliberadamente quiso fingir que desconocía los elementos técnicos que le obligaban a tomar medidas en los actos públicos".

"TIEMPO, LUGAR Y PERSONA", YA SE TENÍAN EN CUENTA EN LA EDAD MEDIA

En este sentido, apunta que los parámetros de "tiempo, lugar y persona" eran suficientes para determinar la gravedad de la situación, pues se conocía el lugar y la convocatoria de la marcha feminista del 8 de marzo y que en aquellas fechas ya se habían registrado "212 casos y ocho fallecidos".

Estos tres elementos "son los mismos que en la Edad Media llevaron a los pueblos a tomar medidas de distanciamiento social durante las grandes epidemias, sin necesidad de grandes conocimientos técnicos porque era de sentido común", añade el recurso.

Al hilo indica que al igual que "esta enfermedad fue presentada a la sociedad por los responsables políticos como una simple gripe", se podía haber tomado al menos dicha medida porque "es bien conocido por todos el hecho de que cuando un miembro de la familia se enferma por un catarro o gripe el resto de la familia debe mantener una cierta distancia con el enfermo para no contagiarse".

Por ello, considera "inaceptable" la conclusión con la que la magistrada justifica el archivo sobre que el delegado del Gobierno "no había recibido información sanitaria ni consta oficialmente que hiciera algo para informarse a través de autoridades sanitarias competentes". "Franco se situó voluntariamente al margen de su conocimiento para simular una ignorancia sobre los tres parámetros fundamentales", subraya la asociación en su recurso.

"Al no prohibir o condicionar las manifestaciones en el período de tiempo enjuiciado, infringió su deber de actuar como garante de la salud, de la integridad física y de la vida de las personas que acudieron a las manifestaciones entre esas fechas", destaca la asociación José María Mena.

Así, enmarca el "ánimo de no impedir" las concentraciones en que Franco, como secretario general del PSOE de Madrid, siguió las líneas marcadas por el Gobierno y por el partido, que, según expone, "instan a acudir a esas manifestaciones".

En este sentido afirma que el riesgo de contagio también lo "quisieron disimular los propios políticos" acudiendo al 8-M, pese a que "tenían acceso a las fuentes más fiables y técnicas de información (la OMS, el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias y el centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías de Sanidad)".

CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO

Por otro lado, la asociación se muestra contraria a que la magistrada haya asumido la tesis del médico forense adscrito al juzgado, que descartó la relación de causalidad entre acudir a una manifestación y el contagio por covid-19, motivo por el que además se le retiró la imputación por lesiones imprudentes.

El escrito que pide reabrir la causa expone que no hace falta conocer el "individuo concreto" que pudiera haber sido contagiado, ya que se puede cuantificar el daño "mediante herramientas matemáticas e informáticas aplicadas en los estudios epidemiológicos que la disciplina científica utiliza en el área de la Medicina basada en la evidencia".

Según explica, se tratan de herramientas que determinan "una ratio y relacionan cuantitativamente la proporción entre personas contagiadas a partir del número mínimo de personas presentes en los hechos que se analizan". "Este cálculo es indispensable para determinar la responsabilidad penal del delegado del Gobierno en el caso que nos ocupa", asegura.

En este punto, apunta que este dato se podría haber conocido durante la instrucción de la causa porque ha solicitado el informe a un equipo de expertos en epidemiología para que determine el "número mínimo de damnificados en la manifestación de Madrid realizada el 8-M". No obstante, indica que no ha podido aportarlo a tiempo porque la magistrada decidió el archivo de la investigación contra Franco el mismo día que la acusación pudo tener acceso a todo el sumario.

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