9-M.- ANV acredita representante general y administrador ante la Junta Electoral Central para el País Vasco y Navarra

Actualizado: jueves, 24 enero 2008 20:52

MADRID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

Acción Nacionalista Vasca (ANV-EAE), cuya ilegalización se estudia mañana en el Consejo de Ministros, ha acreditado a un representante general y a un administrador ante la Junta Electoral Central (JEC) para las tres provincias vascas y Navarra con vistas a las próximas elecciones generales, según informaron a Europa Press fuentes del organismo arbitral.

Conforme a la legislación, cada uno de los partidos, federaciones o coaliciones que pretendan concurrir a los comicios deben designar por escrito, ante la Junta Electoral Central, a un representante general, antes del noveno día posterior a la convocatoria.

El representante general de una formación política es designado por el representante legal de la misma que como tal aparezca designado en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.

ADMINISTRADOR 'LIMPIO'.

El administrador general, por su parte, es aquel que responde de todos los ingresos y gastos electorales realizados por el partido, federación o coalición y por sus candidaturas. Quien asuma este papel no puede ser a la vez candidato. La legislación impide además que se designe administrador a los que están condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo en los términos previstos en la legislación penal.

En la Junta Electoral Central, que hoy celebró en el Congreso su primera reunión tras cerrarse el plazo de acreditación de representantes de las formaciones políticas, se ha confirmado la recepción de un escrito de ANV acreditando representante general, si bien no se ha dado a conocer su identidad.

Más adelante, cuando llegue el momento de presentar candidaturas, el representante general de ANV deberá designar a su vez un representante para cada una de sus listas, pero ya ha avanzado su intención de presentar candidaturas en las tres circunscripciones vascas (Alava, Guipúzcoa y Vizcaya) y en Navarra.

POSIBILIDAD DE ACCESO AL CENSO.

Esos representantes de candidatura tienen, entre otras facultades, la posibilidad de acceder al censo electoral de la circunscripción, así como interponer recursos contra la proclamación de candidaturas, interponer recursos contencioso-electorales, nombrar apoderados e interventores, entrar en los locales de las secciones electorales el día de la votación y participar en el escrutinio con la junta electoral.

A su domicilio se remiten las notificaciones, escritos y emplazamientos dirigidos por la Administración electoral a los candidatos y reciben de éstos, por la sola aceptación de la candidatura, un apoderamiento general para actuar en procedimientos judiciales en materia electoral.