Aprobado el proyecto de ley que transforma el mecanismo de pago a proveedores en un instrumento sólo de gestión

Actualizado: viernes, 25 abril 2014 17:16

MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores para extinguir y liquidar el anterior mecanismo con personalidad jurídica propia y transformalo en un instrumento de gestión adecuado a la nueva situación derivada de haberse completado en febrero la última fase de este mecanismo.

Tal y como recuerda el Gobierno, el Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores, creado en marzo de 2012, ha canalizado más de 41.000 millones de euros hacia la actividad económica, contribuyendo a inyectar liquidez a empresas y autónomos, a la reducción de la morosidad de las administraciones públicas y al sostenimiento de los servicios públicos gestionados por comunidades autónomas y entidades locales.

Este mecanismo se creó como ente con personalidad jurídica fundamentalmente para obtener financiación ajena en los mercados. Así, al completarse en febrero la última fase del mecanismo, sin que se vayan a realizar ya más pagos a proveedores a través del mismo, ya no es necesaria la personalidad jurídica.

De este modo, el real decreto aprobado este viernes plantea la modificación del régimen jurídico convirtiéndolo en un Fondo carente de personalidad jurídica de los previstos en el artículo 2.2 de la Ley General Presupuestaria. El Fondo sólo existe ya para gestionar los préstamos con Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

SIMPLICACIÓN DEL PROCESO Y MÁS EFICIENCIA EN LA GESTIÓN

Según el Gobierno, son varias las ventajas que se derivan de esta transformación, como por ejemplo, el fortalecimiento de la gestión del Fondo, simplificando el proceso de decisiones y la eficiencia de su gestión.

También facilita la mayor integración y coordinación de la gestión del pasivo con la del Estado y la del activo del Fondo --préstamos a Comunidades Autónomas y Entidades Locales-- con los procedimientos y demás mecanismos gestionados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el marco de sus competencias en materia de relaciones financieras con Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Asimismo, se refuerza la credibilidad de la Ley Orgánica del Control de la Deuda Comercial del Sector Público, como medida estructural de erradicación de la morosidad de las Administraciones territoriales, al ser una indicación clara de que ya no habrá nuevos planes extraordinarios de pagos a proveedores.

Por último, el Gobierno argumenta que para evitar que en este proceso de transformación y simplificación jurídica surjan incertidumbres y para dotar de claridad y plena seguridad jurídica a los operadores económicos implicados, se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.