La Audiencia Nacional condena a 20 años de cárcel a dos miembros de los GRAPO por un atraco frustrado en 2002

Actualizado: viernes, 23 febrero 2007 19:42

MADRID, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 20 años de cárcel a los miembros del GRAPO Ignacio Varela y Santiago Francisco Rodríguez por el atraco frustrado a una entidad bancaria de Leganés (Madrid), cometido en abril de 2002, en el que resultó herido un cajero.

El tribunal considera probado que Varela y Rodríguez planearon el atraco con el fin de conseguir fondos para el grupo terrorista. Para ello, la mañana del 16 de abril de 2002 esperaron la llegada de un trabajador de la sucursal de Caja Madrid situada en la Avenida del Doctor Martín Vegue de Leganés y, tras agarrarle en plena calle, le ordenaron acompañarles a la entidad para que les entregara dinero en metálico.

Cuando el trabajador se negó a entregarles la cantidad reclamada, Varela inició un forcejeo con el empleado y le arrojó al suelo, instando a su compañero a dispararle. El empleado bancario recibió un impacto en la pierna izquierda, a la altura del gemelo, que le provocó secuelas.

PRUEBAS INCRIMINATORIAS.

Según el tribunal, que integran los magistrados Fernando García Nicolás, Julio de Diego y Ricardo Rodríguez, para fundamentar la condena se cuenta con las declaraciones incriminatorias de los dos acusados ante el juez instructor, a lo que hay que sumar la declaración de testigos presenciales de los hechos, la del trabajador herido y otras pruebas como la pericial balística y el hallazgo del arma utilizada en un piso franco de los GRAPO.

"Que el fin último de los acusados era apoderarse del dinero que hubiera en la sucursal bancaria en donde el lesionado trabajaba como cajero es evidente", dice la sentencia. Añade que, ante la negativa de Varela y Rodríguez de declarar durante la vista oral, que se celebró el pasado día 1, "no otra intención deduce el tribunal de sus actos por cuanto, además se trata de una práctica habitual en los miembros de la organización terrorista a la que pertenecen".

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia concluye que el tribunal ha contado en este caso con "prueba de cargo obtenida sin violar derechos ni libertades fundamentales y sin que pueda, en consecuencia, apreciarse vulneración alguna de su derecho a la presunción de inocencia, quedándo éste plenamente desvirtuado por tal prueba incriminatoria".

Además de la pena de cárcel, Varela y Rodríguez han sido condenados a indemnizar al trabajador del Caja de Madrid con 15.000 euros por las lesiones que le produjeron más otros 100.000 por las secuelas que sufre en la actualidad. Para cuantificar esta última cantidad se han tenido en cuenta factores como la edad del trabajador, su labor en el banco y las consecuencias físicas y psíquicas padecidas y acreditadas documentalmente por el perjudicado.