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Actualizado: jueves, 31 julio 2008 20:16




   MADRID, 1 (EUROPA PRESS) -

   La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 108 años y medio y 9 días de cárcel a la etarra Dolores López Resina, alias 'Lola', por colaborar con el atentado más grave en la historia de Cantabria en 1992, en el que murieron tres personas y 20 resultaron heridas. Rebaja así en 136 años y medio la pena que solicitaba el fiscal Ignacio Gordillo al considerar que la terrorista fue cómplice del ataque, pero no autora material del mismo.

   "Se considera que su intervención en relación con los hechos concretos es la propia de un cómplice", indica la sentencia, que estima que no se puede probar que fuese más allá en el resto de actividades. "López Resina recibe a sus compinches de ETA en Santander alquila los pisos que van a usar, sabe que van a cometer un atentado y no que van a hacer en concreto", relata la resolución.

   En ese sentido, indica que la etarra "les confirma que por el cruce pasan patrullas de la policía, pero no les da información precisa o imprescindible para cometer el delito". "No queda acreditado que vigilara el paso desde el piso de la calle General Dávila ni que les facilitara las horas de paso o de relevo de las patrullas", defiende la Audiencia Nacional.    

   Durante el juicio, celebrado el pasado 24 de abril, el fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo defendió su petición de 245 años de cárcel para Dolores López Resina aportando la misma prueba testifical que utilizó en otro juicio anterior por terrorismo contra la misma acusada y que el tribunal ya consideró "insuficiente" en su sentencia, que, en consecuencia, absolvía a la etarra.

   En aquella sentencia absolutoria, de la que fue ponente el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, el tribunal razonó que la testigo clave que podría haber corroborado las declaraciones inculpatorias contra 'Lola' de sus compañeros de comando no fue llamada a declarar en el juicio sobre la supuesta participación en un intento frustrado de atentado en el Puerto Olímpico de Barcelona en 1993.

   Así, y pese a haber escuchado otros testimonios de testigos, autoridades policiales y peritos durante el juicio -además de los que ya constaban en la causa-, el tribunal consideró que la única prueba de cargo contra 'Lola' eran las declaraciones de un compañero de ETA que, aun así, estimó insuficientes por la ausencia de ese otro testimonio corroboratorio.

   MISMA ESTRATEGIA

   A pesar de esta sentencia, durante la vista sobre el ataque en Santander Gordillo volvió a basar su línea de acusación en las declaraciones de los entonces compañeros de comando de 'Lola', Luis Ángel Galarza, Gabriel Zabala e Iñaki Rekarte, ya condenados por estos hechos. Asimismo, el fiscal también llamó al jefe militar de ETA en el momento en el que se cometieron los hechos, Francisco Javier Múgica Garmendia, alias 'Pakito'.

   Todos los terroristas ejercieron su derecho de no contestar las preguntas del fiscal al estar ya condenados por esta causa, por lo que se han tenido en cuenta las declaraciones realizadas anteriormente a la policía en las que sí inculpaban a 'Lola'.

   Sin embargo, la sentencia de la que también ha sido ponente Javier Gómez Bermúdez vuelve a insistir en que el único dato que corrobora las declaraciones inculpatorias de los miembros de ETA anteriormente condenados, es el relativo a la ubicación del piso de la calle General Dávila y la vista que desde éste se tiene del cruce de la Albericia, lugar del atentado".

   "Pero partiendo de la credibilidad general de tales manifestaciones, estas no pueden ser tomadas parcialmente sólo en lo que perjudica el reo", matiza la sentencia que llega a calificar de contradictorias algunas de las declaraciones de los coimputados.

   La sentencia cree probado que 'Lola', también conocida como 'La catalana', ejerció de cómplice con el comando que desempeñó el atentado por el que le atribuye un delito de terrorismo (cinco años), tres delitos de asesinato (57 años), un delito con resultado de lesiones (19 años), otro delito de asesinato frustrado (17 años), siete delitos de lesiones (3 años y medio).

   Además ha sido condenada a otros 220 días de prisión por cada una de las faltas. No obstante, la terrorista ha sido absuelta de ocho delitos de lesiones de los que venía siendo acusada y que la Sala tan sólo ha calificado como faltas.

   'Lola' tendrá que indemnizar a los herederos de las víctimas fallecidas con 300.000 euros por cada muerte así como a los lesionados con las cantidades fijadas en la sentencia (que oscilan entre los 18 euros la más baja y 21.954 la mas alta) pero siempre en caso de que no lo hicieran los autores materiales del atentado ya condenados por estos hechos.