La Audiencia de Sevilla absuelve a un hombre que estuvo 19 meses en prisión acusado de un homicidio

Actualizado: domingo, 25 octubre 2009 12:33

SEVILLA, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un individuo, identificado como F.R.N., el cual pasó hasta 19 meses en la cárcel acusado de dar una puñalada y acabar con la vida de J.V.S. en la localidad sevillana de Villanueva del Río y Minas tras una discusión.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial absuelve a este acusado y condena, por los mismos hechos, a A.E.C. a ocho años de prisión y al pago de una indemnización de 95.000 euros por un delito de homicidio con la atenuante muy cualificada de drogadicción.

Hay que recordar que el tribunal popular encargado de enjuiciar a estos dos hombres acusados de dar una puñalada y acabar con la vida de J.V.S. en la localidad de Villanueva del Río y Minas declaró culpable a uno de ellos, mientras que consideró inocente a F.R.N., quien durante la celebración de la vista oral el pasado mes de septiembre en la Audiencia Provincial negó en todo momento su participación en los hechos.

Según relata la sentencia, sobre las 1,30 horas del 14 de octubre de 2007, y en los alrededores de la Plaza de España del municipio, el acusado A.E.C., "con ánimo de acabar con la vida" de J.V.S, "le dio un navajazo en el pecho que, efectivamente, le produjo la muerte al cabo de pocos minutos".

GRAVE ADICCIÓN AL ALCOHOL Y A LAS DROGAS

En este sentido, indica que el condenado sufre una grave adicción al consumo de alcohol y sustancias estupefacientes, "lo que provocaba que en el momento en que dio la puñalada mortal su capacidad para comprender el alcance de sus actos y el control de sus impulsos estuviera disminuida de modo muy importante".

Asimismo, y con respecto al acusado absuelto, recuerda que su participación en el hecho delictivo enjuiciado fue declarada no probada por el tribunal popular, y señala que la Ley ordena que si el veredicto es de inculpabilidad, como lo ha sido en esta causa, la Sala dicte en el acto sentencia absolutoria del acusado, de manera que en el acto del juicio se pronunció 'in voce' el fallo absolutorio.

De igual modo, argumenta que contra este procesado la totalidad de la prueba de cargo era de carácter indiciario --las manchas de sangre de la víctima en el automóvil de su propiedad-- o referencial --el testimonio de los familiares de la víctima, "mucho menos contundentes respecto a este imputado"--.