Ayuntamiento de Sopelana pide retirar la demanda de ilegalización de ANV, con el voto en contra de esta formación y PP

Actualizado: sábado, 16 febrero 2008 19:04

BILBAO, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Pleno extraordinario del Ayuntamiento de la localidad vizcaína de Sopelana, reunido ayer por la tarde para analizar el cese de actividades de ANV decretado por parte de la Audiencia Nacional, instó al Gobierno central a que "deje a un lado sus intereses electoralistas y proceda a la retirada de la demanda de ilegalización". La propia ANV y el PP votaron en contra del texto presentado por PNV, que fue aprobado gracias a que los miembros de esta formación sumaron los votos de EB-Berdeak.

Según informó el Ayuntamiento en un comunicado, el texto aprobado urge a la adopción de "medidas que contribuyan a la convivencia política en nuestro país" desde el rechazo a la vulneración de los derechos humanos de todas las personas y el respeto a los derechos básicos. Asimismo, incluye que "la ilegalización de partidos políticos no es la vía para normalizar la convivencia política, sino el claro resultado de la aplicación de la Ley de Partidos en clave electoral".

En el mismo pleno fue rechazada, con el voto en contra de PNV, PSE y PP, otra iniciativa presentada por ANV, que proponía la aprobación de una serie de medidas, como la participación de sus electos de forma normalizada en las actividades municipales, la conservación de los cargos que otros miembros de este partido ostentan en otras instituciones y el disponer de recursos y herramientas municipales para el desarrollo de su trabajo, así como de las aportaciones económicas. También fue descartada la convocatoria de una concentración de 30 minutos y la proclamación de la "viabilidad de todos los proyectos políticos, incluida la independencia".

El concejal responsable de Hacienda, Administración y Recursos Humanos, Gonzalo García, subrayó que los derechos solicitados por ANV están garantizados, ya que según la Asociación de Municipios Vascos, Eudel, "las medidas adoptadas en los diferentes autos del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional y la Sala Especial del art. 61 del Tribunal Supremo no afectan a las actividades de los cargos electos, ni a los grupos municipales, ni a su financiación, ni al uso de los locales".