El CGPJ estudia hoy la readmisión en la carrera del juez Urquía, condenado por favorecer a Juan Antonio Roca

Actualizado: martes, 16 junio 2009 9:30

Fue condenado por el TS a 21 meses de suspensión y una multa de 73.800 euros por cohecho, pero absuelto del delito de prevaricación

MADRID, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará hoy por segunda vez la petición del que fuera juez instructor en Marbella Francisco Javier de Urquía para reingresar en el servicio activo de la carrera judicial, después de perdiese su plaza al ser condenado por del Tribunal Supremo a 21 meses de suspensión y al pago de una multa de 73.800 euros por su relación con la trama corrupta desarticulada en la 'Operación Malaya'.

El órgano de gobierno de los jueces ya aplazó su decisión sobre esta solicitud el pasado 12 de mayo cuando emplazó al juez De Urquía a que remitiese un certificado de antecedentes penales, documento necesario para el trámite. Según consta en un informe elaborado por el Servicio de Personal del Consejo, el magistrado envió esa información el pasado 19 de mayo en la que se explica que el magistrado no cuenta con antecedentes penales.

Tal y como le solicitó el CGPJ, en la misma información De Urquía aporta otro certificado demostrativo de no encontrarse incapacitado física o psíquicamente para el desempeño de la función judicial y una declaración de no estar incurso en causa de incompatibilidad para este puesto.

INFORME FAVORABLE

A partir de ahí, y una vez analizados estos documentos, el mismo Servicio de Personal ha remitido a la Comisión Permanente un informe en el que se concluye que "habría de admitir el reingreso al servicio activo de Francisco Javier Urquía". Asimismo, precisa que, de concederle el reingreso, éste producirá efectos económicos y administrativos desde la fecha de extinción de la responsabilidad civil o disciplinaria y la situación administrativa que le correspondería sería la de activo, pendiente de obtención de plaza.

Concretamente, el Servicio de Personal basa su postura en la decisión del Pleno del Consejo del 8 de mayo de 2002 en el que se acordó el reingreso al servicio activo del magistrado Javier Gómez de Liaño --condenado por un delito de prevaricación por el 'caso Sogecable' por el Tribunal Supremo--.

El escrito remitido a la Comisión Permanente recuerda aquella decisión del Pleno para indicar que "en estos casos, de contar con antecedentes estará incapacitado, pero esos antecedentes no se refieren a los originados a razón de la condena de suspensión, sino a los hipotéticos antecedentes causados por delitos cometidos durante el periodo de suspensión".

Fue el pasado 16 de abril cuando este magistrado perdió de forma definitiva su plaza en el Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 21 meses de suspensión y al pago de una multa de 73.800 euros por un delito de cohecho que cometió al obtener dinero del fuera responsable del urbanismo de este municipio Juan Antonio Roca, a cambio de favorecerle en una instrucción.

En su escrito, Urquía exponía al CGPJ que la suspensión del cargo a la que ha sido condenado ya está cumplida, dado que fue apartado provisionalmente de su cargo en julio de 2007, y la sentencia firme del Tribunal Supremo fue notificada el pasado 8 de abril. Fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalaron en dicha fecha que Urquía tiene pendiente otro tema ante la justicia, que se está instruyendo en el Tribunal Superior de Justicia, y por el que todavía pesa sobre él una suspensión cautelar de funciones.

En la misma sentencia, el Tribunal Supremo condenó al ex asesor de Urbanismo de Marbella Juan Antonio Roca a una multa de 36.900 euros como autor de otro delito de cohecho, en lugar del año de prisión impuesto por el alto tribunal andaluz en agosto de 2008.

La sentencia del TSJA fue recurrida por ambos, y consideraba probado que en marzo de 2006 De Urquía pidió dinero a Roca para abonar la cantidad que se le pedía a la firma del contrato de compra de una vivienda en la Urbanización Azalea Beach a cambio de un trato favorable en asuntos judiciales y añadía que, para favorecerle, accedió a su petición de dictar un auto para suspender la emisión del programa televisivo 'Misión Imposible: JAR' alusivo a presuntas actividades del ex asesor urbanístico marbellí.

El Supremo rechazó el recurso de la defensa de Roca, pero estimó en parte el interpuesto por la del juez, anulando la sentencia del Tribunal andaluz y absolviendo al magistrado de un delito de prevaricación judicial, al entender que los defectos que se produjeron en el proceso judicial para suspender dicho programa no tienen entidad como para constituirse en delito.