Condenado a once meses de prisión por agresión sexual en el interior de un psiquiátrico de Zaragoza

Actualizado: martes, 13 noviembre 2007 19:59

ZARAGOZA, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Julio T.S., de 58 años de edad, a once meses de prisión por un delito de agresión sexual contra Carmen G.F. (de 71 años en el momento de la agresión) cuando ambos estaban internados en el Hospital Psiquiátrico Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza.

La sentencia tiene en cuenta el atenuante de enfermedad mental del acusado, en lo que denomina "circunstancia modificativa de responsabilidad criminal incompleta", por lo que condena también a permanecer once meses internado en un centro apropiado para tratar su enfermedad.

La sentencia también señala a la Comunidad Autónoma de Aragón, como responsable civil subsidiaria, ya que el Hospital Psiquiátrico Nuestra Señora del Pilar, donde sucedieron los hechos, depende de esta Administración, y deberá pagar a los herederos de Carmen G.C. (quien falleció durante el proceso), una indemnización de trescientos euros, además de correr con los gastos del proceso.

La agresión sexual por la que se ha condenado a Julio T.S. se produjo hace más de dos años, el 27 de marzo de 2005. En ese momento, el acusado estaba cumpliendo una medida de seguridad en el centro psiquiátrico impuesta por una sentencia emitida en noviembre de 2001, por un delito de tentativa de homicidio.

Según los hechos probados publicados en la sentencia, Julio T.S. entró en la habitación que ocupaba la paciente Carmen G.F., quien tenía problemas de movilidad debido a su enfermedad, y la llevó hasta el baño.

Cuando los empleados llegaron alertados por los gritos de la víctima encontraron al agresor desnudo de cintura para abajo encima de la víctima que, a su vez, no llevaba su ropa interior, según consta en la sentencia.

Julio T.S., presentaba un trastorno psicótico de tipo paranoide con ideación de perjuicio y estado residual de larga evolución que merma su capacidad para actuar con acuerdo a su voluntad, según reza la sentencia. Por lo que precisa el tratamiento psiquiátrico continuado en un centro cerrado.

Por su parte, la víctima, Carmen G.C., permanecía internada en el hospital psiquiátrico, por un cuadro de esquizofrenia que padecía desde hace 56 años y por el que sufría una grave minusvalía tanto psíquica, como física.