Condenan a un agricultor granadino a seis años de cárcel por golpear con un hacha a otro tras discutir por el riego

Actualizado: lunes, 2 marzo 2009 17:59

GRANADA, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Granada ha condenado a seis años de cárcel a un agricultor, de 44 años e iniciales M.M.R., por el intento de homicidio de otro hombre, al que golpeó con un hacha tras una discusión por el riego de unas fincas en Guájar Faragüit, en la provincia de Granada.

Asimismo, el procesado no podrá comunicarse ni acercarse a menos de 300 metros de su víctima, a quien deberá indemnizar con 5.300 euros por las lesiones y secuelas sufridas.

Se considera probado, según consta en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que sobre las 3,00 horas del 29 de julio de 2007 M.C.R. se dirigió a una finca de su propiedad en Los Avises, en el término municipal de Guájar Faragüit, con la fin de proceder al riego de la misma, encaminándose hacia una alberca para aumentar el caudal de agua, cuando se encontró con el acusado, M.M.R., sin antecedentes penales.

Entonces se inició entre ellos una discusión sobre a quién correspondía regar, en el curso de la cual el inculpado se abalanzó sobre el otro agricultor, cayendo los dos al suelo. Tras mantener un forcejeo, se separaron dirigiéndose cada uno a sus respectivas fincas, resultando herido el procesado, como consecuencia de la caída, con diferentes erosiones en los brazos, en el dorso y en las piernas.

Poco tiempo después, cuando M.C.R. regresaba a su domicilio y caminaba por un lugar conocido como El Callejón, en Guájar Faragüit, fue abordado por el acusado, que portaba un hacha con la finalidad de acabar con su vida, con la que le dio un golpe dirigido hacia su cabeza, del que la víctima consiguió defenderse al poner su brazo izquierdo en alto.

Aunque M.C.R. consiguió amortiguar y desviar el golpe, el hacha le alcanzó en la parte lateral izquierda de la cabeza, pese a lo cual logró arrebatarle el arma y huir pidiendo auxilio. A consecuencia de la agresión, sufrió fractura abierta de cráneo, herida inciso contusa en hombro izquierdo y herida en dorso de antebrazo, que le provocaron un perjuicio estético moderado y pérdida de sustancia ósea.

El tribunal considera que, aunque entre víctima y agresor existían ciertas desavenencias, no se desprende de tal circunstancia "en absoluto" que el agredido haya actuado "por odio, venganza o cualquier otro móvil de naturaleza espuria", antes al contrario, puesto que sus declaraciones han sido siempre "coherentes, firmes y sin incurrir en contradicción alguna".

Asimismo, también valora la Sala el hecho de que el inculpado se negase a abrir la puerta a la Guardia Civil cuando acudió a detenerle y que presentara lesiones por el forcejeo mantenido con su víctima, a pesar de que el agresor mantuviera que se las había hecho al caer por una terraza.