Defensa aprueba el procedimiento para el reingreso en las FAS de los militares de complemento y profesionales

Actualizado: miércoles, 17 mayo 2006 20:51

La UMT estima entre 3.000 y 4.000 el número de ex militares que podrán beneficiarse de esta medida

MADRID, 17 May. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Defensa ha aprobado una instrucción por la que se establece el procedimiento para la reincorporación a las Fuerzas Armadas de los militares de complemento y los profesionales de Tropa y Marinería cuyo compromiso finalizó por razón de edad o años de servicio en cumplimiento de la Ley de Régimen de Personal, norma ahora sustituida por la Ley de Tropa y Marinería, aprobada el pasado 24 de abril.

La instrucción ministerial, publicada por el Boletín Oficial del Estado y recogida por Europa Press, establece que los militares de complemento que hayan terminado su relación contractual con las Fuerzas Armadas podrán suscribir un nuevo compromiso por un periodo máximo de tres años durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley de Tropa, es decir, hasta el próximo 24 de julio.

En el caso de los soldados y marineros profesionales, podrán acogerse en el curso de los próximos seis meses -- hasta el 24 de octubre-- al compromiso de larga duración, al que se accede tras cinco años de servicio y que finaliza a los 45 años de edad.

Según estimaciones realizadas por la Unión de Militares Temporales, que engloba a personal que tuvo que abandonar las Fuerzas Armadas por razón de edad o años de servicio, entre 3.000 y 4.000 personas podrán beneficiarse de esta medida del Ministerio de Defensa, acordada con los Grupos Parlamentarios en la tramitación de la Ley de Tropa y Marinería. La solución para este colectivo, no obstante, es todavía provisional a la espera de que su situación sea definitivamente regulada en la próxima Ley de la Carrera Militar, actualmente en fase de borrador en Defensa.

La instrucción ministerial señala que los militares que se reincorporen mediante esta vía a las Fuerzas Armadas "conservarán la especialidad y el empleo" que tenían antes de causar baja y que se tendrá "en consideración" el último puesto ocupado a la hora de asignarles destino. Además, "conservarán los años de servicios prestados" con anterioridad a la finalización de su relación contractual con las Fuerzas Armadas.

La resolución de la Subsecretaría explica que el personal que solicite su reingreso y sea declarado idóneo será asignado, en caso de que exista vacante, en el último puesto que desempeñó antes de abandonar el servicio, siempre que ésa sea su preferencia.

Aclara además que si la persona que ha solicitado la reincorporación al servicio y ha sido aceptada no consigue una de las vacantes que ha solicitado quedará en situación de servicio activo pendiente de asignación de destino en la correspondiente Delegación o Subdelegación del Ministerio de Defensa.

La instrucción, firmada el 10 de mayo por la subsecretaria de Defensa, Soledad López, incluye una serie de apéndices en los que se concreta todo el procedimiento para el reingreso de los militares de complemento y profesionales, apéndices que están a disposición de los candidatos en las Delegaciones y Subdelegaciones del Ministerio de Defensa.