El Estado deberá pagar una pensión a un trabajador catalán con fibrosis pulmonar por inhalar gases tóxicos 22 años

Actualizado: lunes, 20 marzo 2006 22:03

BARCELONA, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ratificado el derecho de un trabajador a recibir una pensión por invalidez permanente al entender que la inhalación de productos químicos en la empresa de productos ortopédicos donde trabajó durante 22 años le han provocado la fibrosis pulmonar que padece.

La historia se remonta a enero de 2003, cuando al afectado, Julio P.N., de 41 años, se le diagnosticó una fibrosis pulmonar con severo deterioro de la función respiratoria que conllevó un transplante de pulmón en junio de 2003 y que desembocó en una grave alteración respiratoria.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró al demandante en situación de incapacidad permanente absoluta en febrero del mismo año por enfermedad común, resolución contra la que Julio P.N. interpuso una reclamación previa al entender que su afección se deriva de una enfermedad profesional. El INSS, no obstante, desestimó dicha pretensión.

PRODUCTOS QUÍMICOS Y VENTILACIÓN INADECUADA.

El afectado estuvo trabajando durante 22 años en los talleres de zapatería, plantillas y albardería y mecánica de la empresa, situados en Barcelona. En las diferentes salas, según un informe de la Conselleria de Trabajo, se manipulan productos químicos de forma continuada durante la jornada laboral y los talleres no disponen de sistemas de ventilación adecuados.

Los trabajadores, además, no cuentan con equipos de protección respiratoria contra los gases y vapores de disolventes orgánicos, unos productos químicos nocivos que pueden provocar afecciones respiratorias.

El informe, según la sentencia, concluye que "las actuales condiciones de trabajo no permiten garantizar la seguridad y salud de los operarios en los talleres de la empresa, en particular en lo que respecta al riesgo de inhalación y contacto con los vapores de los disolventes utilizados".

Al parecer, la empresa no realizaba revisiones médicas a la plantilla para controlar la posible afectación de los trabajadores por el uso de sustancias químicas y éstos tampoco recibían formación sobre las características de los productos.

DEFICIENTE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS.

Por otra parte, un segundo informe de un doctor del Centro de Seguridad y Condiciones de Salud en el trabajo de la Conselleria de Trabajo, asegura que "lo que sí es seguro es que, como mínimo, el hecho de haber sido expuesto a sustancias nocivas para el aparato respiratorio ha agravado la patología respiratoria del paciente y puede haber influido en la grave y mala evolución de ésta".

Esta exposición a agentes tóxicos, según el experto, "se ha producido básicamente por unas inadecuadas condiciones de trabajo [...] y por una deficiente política de prevención de riesgos laborales".

El Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona ya dictó sentencia sobre el caso el 22 de diciembre de 2003 y declaró la situación de invalidez permanente por enfermedad profesional del demandante y su derecho a recibir una pensión de 22.528,55 euros al año.

La empresa demandada y el INSS, no obstante, interpusieron un recurso de suplicación contra dicha resolución al entender que la enfermedad del trabajador no se debe a la inhalación de productos químicos, ya que la fibrosis pulmonar "puede tener otras muchas causas".

Finalmente, la Sala de lo Social del TSJC ha desestimado el recurso y ha confirmado la resolución del Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona, por lo que el trabajador recibirá la pensión de 22.528,55 euros al año que le corresponde.

El Alto Tribunal catalán entiende que el demandante estuvo trabajando con unas condiciones de ventilación que "no pueden ser consideradas óptimas" y que es "lógico" que estuviera en situación de inhalar unas sustancias que pudieron desencadenar su enfermedad.