ETA.- El Tribunal Supremo podría reabrir mañana la causa contra 'Capullo' por el asesinato de Latiegui

Actualizado: domingo, 23 mayo 2010 13:32

MADRID, 23 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estudiará el próximo 25 de enero si reabre la causa que se seguía contra el etarra José Antonio Zurutuza, alias 'Capullo' o 'Acuyo', por el asesinato el 14 de abril de 1981 del ejecutivo de Moulinex en Guipúzcoa José María Latiegui.

En la deliberación, que se celebrará a puerta cerrada, participarán los magistrados Joaquín Giménez, Alberto Jorge Barreiro, Julián Sánchez Melgar, José Manuel Maza y Diego Ramos, según informó hoy el alto tribunal.

El Supremo debe valorar el recurso de casación presentado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra el auto dictado en noviembre pasado por la Sección Primera de la Sala de lo Penal que acordó el sobreseimiento libre del procedimiento al considerar que había transcurrido el plazo de prescripción de 20 años contemplado en el Código Penal de 1973, vigente en el momento en que se produjeron los hechos.

La Fiscalía sostiene que el archivo de la causa, que fue adoptado por el tribunal en atención a un artículo de previo pronunciamiento planteado por la defensa de 'Capullo' antes del juicio, constituye una infracción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECR).

PRESCRIPCIÓN DEL DELITO

La Sala consideró, con el voto particular discrepante de su presidente, Javier Gómez Bermúdez, que el delito de asesinato terrorista podría haber prescrito. Argumentaba en este sentido que la prescripción de "un delito comienza a correr desde el día que se hubiese cometido" y sólo se interrumpe en el momento en el que "el procedimiento se dirige contra el culpable".

En este caso, Zurutuza fue procesado el 25 de octubre de 1982 aunque, a pesar de las gestiones realizadas por la Justicia española, Francia no acordó su extradición hasta el 22 de septiembre de 2005. En ese periodo, según la Fiscalía, la Audiencia Nacional solicitó la práctica de varias diligencias relacionadas con Zurutuza (1986), recibió una comunicación de Interpol París sobre su posible detención (1995) y dictó un auto de prisión y otro de modificación del procesamiento (1995).

Sin embargo, las magistradas Teresa Palacios y Carmen Paloma González defendieron que "ninguno de los referidos escritos tiene el efecto interruptivo alegado" porque las diligencias solicitadas a Francia se referían a otro procesado (el también etarra Primitivo Alfonso Portilla Martínez) y no consta que Zurutuza fuera detenido en el año 2002.

Para la mayoría del tribunal, ninguna de las resoluciones adoptadas ofrecen "un contenido sustancial propio de una puesta en marcha del procedimiento reveladoras de que la investigación o el trámite procesal avanza superando la incentivación y la parálisis".

El juez Gómez Bermúdez sostuvo en su voto particular que el auto de prisión dictado en 1995 demuestra que la Audiencia Nacional no tenía "voluntad de renuncia a la persecución y castigo del delito". Además, destaca que la mayoría de la Sala obvia una providencia dictada en 1987 en la que se ordenaba el archivo provisional de la causa, por lo que la prescripción debería empezar a contar, a su entender, desde ese momento, por lo que no habría alcanzado el máximo de 20 años.

'Capullo' fue condenado el pasado mes de abril a 46 años y ocho meses de cárcel por el asesinato en 1982 del delegado de la Compañía Telefónica en Guipúzcoa, Enrique Cuesta Jiménez, y su escolta, el agente de la Policía Nacional Antonio Gómez García.