Fiscalía pide sobreseer la causa contra un hombre por el incendio de Andilla al no acreditarse la infracción

Trabajos de recuperación en el incendio de Andilla
GVA
Actualizado: martes, 17 junio 2014 16:23

VALENCIA, 17 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Provincial de Valencia solicita el sobreseimiento de la causa abierta contra un hombre por el incendio declarado el 29 de junio de 2012 en los términos valencianos de Andilla, Higueruelas, La Yesa, Alcublas, Casinos, Llíria y Olocau, así como en diversas localidades de la provincia de Castellón, al considerar que no se ha acreditado que cometiera una infracción penal. El fuego afectó a más de 20.000 hectáreas y provocó el desalojo de unas 500 personas de sus viviendas.

Tras el incendio, la Guardia Civil concluyó que el origen del fuego se situaba en una parcela de Andilla, vallada, y en la que se localizaron unos ladrillos colocados a modo de base sobre la que había una plancha metálica. Sobre esta plancha había restos quemados recientes.

Seguidamente, el propietario de la parcela prestó declaración voluntaria en sede policial y manifestó que ese día estaba en su casa, y tras tratar con un hombre la compra de la furgoneta, se acostó la siesta junto con su esposa y cuando salió a soltar a los caballos vio fuego en la zona de piedras. Mantuvo en todo momento que había hecho quemas agrícolas en el centro de la parcela con autorización y en periodo de poda, y que ese día no había hecho quema alguna. Su mujer corroboró su versión.

Por su parte, la Guardia Civil concluyó que el uso previo del fuego sobre la plancha propició la caída de ascuas o pavesas sobre la capa de paja y polvo de estiércol, y se originó la ignición en forma de combustión lenta sin llama, proceso que pudo durar desde unas pocas horas hasta 18 o más, y que se desarrolló muy lentamente y en parte de forma subterránea.

El fiscal estima que el análisis de las diligencias practicadas "permite descartar una actuación dolosa del imputado". "Si bien las pruebas periciales desmontan la versión del imputado, según la cual nunca hizo fuego en la zona de origen del incendio, ha de sopesarse que dichas declaraciones se realizan en condición de imputado". Es más, agrega, "el hecho de que el imputado haya usado el legítimo derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, no puede llevar a calificar de dolosa su actuación".

En esta línea, recuerda tanto la declaración de la esposa como de varios vecinos, quienes indicaron que el imputado les avisó de forma casi inmediata del incendio, tanto a la Guardia Civil como a ellos. También señala que los informes apuntan a que la quema no se produjo el día del incendio, sino al menos un día antes, "por lo que en ningún caso se puede atribuir al imputado la causación de un delito doloso".

Así mismo, afirma que el imputado había realizado quemas con anterioridad en la misma zona sin que se hubiera producido antes de los hechos episodio alguno de reactivación del fuego, por lo que confió en que la actividad desplegada en este caso para apagar la quema, idéntica que la desplegada en ocasiones anteriores, "debía bastar para apagar totalmente la quema realizada".

Por todo, Fiscalía entiende que no se puede considerar que se hayan vulnerado las más elementales normas de cuidado por no ser exigible que se estuviera vigilando la zona de quemas para advertir un rebrote del fuego, máxime si se tiene en cuenta que no existieron indicadores externos (humo o llama) que pudieran advertir al imputado que una quema anterior no estaba totalmente extinguida.

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