Fundación Internacional Baltasar Garzón denuncia en ONU que España incumplirá convenios con la nueva justicia universal

María Garzón, Hija Del Juez Baltasar Garzón
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 4 marzo 2014 18:35

Pide un pronunciamiento "urgente" de dos grupos de Naciones Unidas ante la inminente reforma por "vulnerar" el derecho internacional

MADRID, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), que dirige la hija del exjuez de la Audiencia Nacional María Garzón, ha llevado la reforma de la justicia universal a la Organización de Naciones Unidas (ONU) por incluir un "claro desvío e incumplimiento" de las obligaciones internacionales a las que España se ha comprometido con la ratificación de varios convenios.

Esta fundación, junto a la organización no gubernamental Rights International Spain y la asociación suiza contra la impunidad Track Impunity Always, ha urgido al Comité contra la Desaparición Forzada y al Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias de la ONU a intervenir ante la inminente aprobación de la polémica norma.

Los escritos remitidos a ambos grupos, recogidos por Europa Press, advierten de que la reforma del PP "vulnera" el derecho internacional y, en concreto, la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

"De aprobarse, España estaría incumpliendo manifiestamente sus obligaciones, abandonando a víctimas de crímenes de derecho internacional en detrimento de una lucha más efectiva contra la desaparición forzada", explican.

Estos colectivos critican que la proposición de ley elimine la legitimidad de la acusación popular para actuar en estos procesos y recuerdan que se trata de "un actor sumamente activo en la persecución de este tipo de crímenes".

OBLIGACIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL

Los firmantes advierten de que el derecho internacional obliga a España a perseguir delitos de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado "en todo caso" y, especialmente, "cuando el presunto responsable se encuentre en territorio nacional".

La reforma limita la persecución de los delitos de genocidio y lesa humanidad a los procedimientos que se dirijan contra españoles o extranjeros que hayan adquirido la nacionalidad tras cometer el hecho o cuya extradición haya sido denegada.

En todo caso, recuerdan que el deber de los Estados de juzgar la comisión de graves crímenes contra la humanidad deriva del "principio de complementariedad", establecido en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

"Así, los Estados están obligados a investigar y a sancionar a los responsables de los crímenes definidos en el Estatuto, dejándose a esta Corte como última instancia cuando las jurisdicciones nacionales sean ineficaces o no tengan voluntad de procesar", concluyen.

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