Generalitat valenciana alegó ante el Defensor del Pueblo que no se encontraron "indicios" de fallo en el convoy de metro

Actualizado: domingo, 3 junio 2007 14:14

VALENCIA, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consell alegó ante el Defensor del Pueblo que no se encontraron "indicios" de que el convoy del accidente de metro de Valencia del 3 de julio del año pasado "hubiese tenido fallo alguno de funcionamiento que explique" el siniestro que causó la muerte a 43 personas.

La Generalitat aportó esta conclusión en la documentación que remitió al Defensor del Pueblo a raíz de la actuación de oficio que inició la institución que dirige Enrique Múgica y que después archivó al ser informada de que existía una investigación judicial y de que estaba pendiente de que se dictara la correspondiente resolución, según figura en la memoria sobre el ejercicio de 2006, consultada por Europa Press.

El juzgado de instrucción número 21 de Valencia decretó finalmente el archivo de la causa penal abierta el 3 de julio de 2006 para esclarecer las causas del accidente al considerar que la posible responsabilidad penal que se hubiese podido derivar del mismo quedó extinguida por el fallecimiento del conductor del convoy.

El último informe del Defensor del Pueblo subraya que abrió el expediente porque el siniestro dio lugar a que "surgieran dudas sobre la seguridad de ese medio de transporte público", lo que motivó el inicio de una actuación de oficio ante la Conselleria de Infraestructuras y Transportes de la Generalitat sobre las investigaciones llevadas a cabo.

Estas actuaciones se orientaron a "esclarecer las circunstancias y las causas que dieron origen a tan funesto accidente, así como el resultado de éstas" y, para ello, se solicitó un informe acerca de las condiciones de seguridad de la vía y el tren accidentado, así como de la idoneidad y estado de las mismas en comparación con las existentes en otros tramos del metro de Valencia.

La Conselleria de Infraestructuras y Transporte remitió copia de la comparecencia del titular del departamento, José Ramón García Antón, en la sesión plenaria del 11 de julio en las Corts y también el dictamen de la comisión de investigación sobre el accidente del metro, que eximió al Consell de responsabilidad política al considerar que el siniestro no era ni "previsible" ni "evitable".

El informe del Defensor del Pueblo detalla que Infraestructuras aportó, como principales conclusiones del accidente, que el tren entró en la curva del accidente a más de 80 kilómetros por hora, el doble de la velocidad permitida, y que el freno de servicio y el de urgencia se activaron demasiado tarde, cuando el tren ya había descarrilado.

INDISPOSICIÓN

"Toda vez que no se encuentra explicación al exceso de velocidad, y dado que el conductor del tren conocía perfectamente el tramo del accidente y tenía la formación y la experiencia idóneas, se sospecha que el maquinista del tren pudo sufrir algún tipo de inconsciencia o indisposición que impidiera su reacción", señala también la memoria que adujo la Generalitat.

Además, el Consell argumentó que la limitación de la velocidad a 40 kilómetros para la entrada en la curva, se encontraba debidamente señalizada, que el vehículo accidentado había superado todas las revisiones pertinentes y que "no se ha encontrado indicios de que hubiese tenido fallo alguno de funcionamiento que explique el accidente".

Igualmente, sostuvo que "en los 18 años que llevaba en servicio ese tramo jamás hubo incidente alguno de relevancia", pese a que 100.000 trenes circularon cada año por él. Asimismo, según refleja el informe del Defensor del Pueblo, la Generalitat alegó que el sistema de frenado automático que tenía la Línea 1 del metro de Valencia "era un sistema tecnológicamente válido, adecuado a las características de la mencionada línea".

El Consell informó también al Defensor del Pueblo del expediente de investigación que Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) también realizó sobre el accidente, con similares conclusiones. FGV entregó, por su parte, un informe sobre los procedimientos arbitrados para atender a las reclamaciones de los afectados.