El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que descargará de trabajo a los jueces

Actualizado: viernes, 20 octubre 2006 20:24

MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que descargará de trabajo a los jueces, haciendo recaer una parte de los expedientes en otros funcionarios especializados. En concreto, la normativa regulará los supuestos en los que se solicita la resolución de asuntos del derecho civil o mercantil en los que no exista un conflicto de intereses entre las partes.

Con la aprobación del proyecto, el Gobierno da cumplimiento a un mandato introducido por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) de 2000, que imponía la remisión a las Cortes Generales de un proyecto de ley sobre esta materia, pese a que el propio texto estableció el plazo de un año para su tramitación.

La jurisdicción voluntaria se caracteriza por la ausencia de contradicción y, por tanto, el carácter no litigioso de los expedientes. Por ello, la resolución que se dicte no produce los efectos de "cosa juzgada", puesto que en muchos de los supuestos se prescindirá de la intervención judicial y, en los que intervenga lo hará desprovisto de su potestad jurisdiccional.

Según el Ministerio de Justicia, uno de los objetivos de la norma será la racionalización del régimen actual. Por esta razón, se pretende crear un procedimiento general de jurisdicción voluntaria, configurado con la suficiente flexibilidad para que pueda ser aplicado a todos los expedientes.

SEPARACIÓN DE COMPETENCIAS

Entre las novedades, la normativa establece que los secretarios judiciales, notarios o registradores podrán tramitar y resolver expedientes sobre cuestiones de derecho mercantil y civil, salvo aquéllos que se refieran a intereses de menores o personas incapacitadas.

En este sentido, la norma pretende profundizar en una adecuada separación de competencias para separar aquellos expedientes que deban permanecer atribuidos al juez, ya sea por su naturaleza jurídica o por ser los jueces quienes gozan del mayor grado de independencia e imparcialidad, respecto a aquéllos que no exigen su intervención.

La normativa liberará a los jueces de atribuciones contempladas en la LEC de 1981 que pasan a otros funcionarios especializados. El reparto de competencias tiene como objetivo evitar una sobrecarga innecesaria para los tribunales, cuya función esencial es "la de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado".

JUZGADOS DE GUADALAJARA

Por otro lado, el Consejo de Ministros aprobó también en su reunión de hoy un Real Decreto por el que se separan los 8 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Guadalajara para aumentar su eficacia. La nueva planta judicial estará constituida por 5 juzgados de Primera Instancia y 3 de Instrucción.

Los 5 Juzgados de Primera Instancia agilizarán la tramitación y resolución de los asuntos. La separación permitirá que alguno de estos Juzgados puedan especializarse en derecho de familia. Respecto a los 3 Juzgados de Instrucción, la modificación contribuirá a que sean atendidos por jueces especializados en este orden jurisdiccional penal.