Inmigración.-Los abogados afirman que el cambio en el Reglamento de Extranjería sí regula adecuadamente las readmisiones

Actualizado: martes, 26 septiembre 2006 21:07

MADRID, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo General de la Abogacía valoró hoy positivamente la modificación del Reglamento de Extranjería, que entró hoy en vigor, dirigida a garantizar que las personas a las que se aplique cualquier convenio de readmisión sean informadas, con carácter previo a la denegación de su entrada en España, entre otros, de su derecho a la asistencia letrada. "La rectificación del Ministerio de la Presidencia viene a dar razón a la Abogacía y a regular adecuadamente el procedimiento", agrega.

La modificación, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), recoge de forma expresa el supuesto de denegación de entrada en el territorio español, con carácter específico, para aquellos extranjeros procedentes de países con los que existan acuerdos de readmisión.

El Consejo recuerda que las repatriaciones de estas personas "se venían produciendo sin la instrucción de procedimiento ni asistencia jurídica", así como que un sindicato policial "llegó a defender el sistema y a acusar a los colegios de abogados de maniobras 'intentar poner abogados en las fronteras'".

El cambio, aprobado a través de un Real Decreto, supone la incorporación de un párrafo al artículo del Reglamento de la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros que trata sobre la denegación de entrada en España, con el fin de recoger de forma más concreta el citado supuesto.

En concreto, según la disposición, "cuando existiesen acuerdos que regulen la readmisión de las personas en situación irregular suscritos por España", los funcionarios responsables del control, tras informar a los extranjeros de su decisión mediante resolución motivada, así como de los recursos que pueden interponer y de su derecho a la asistencia letrada, "denegarán, en los términos previstos en los citados acuerdos, la entrada de las personas a las que les sean de aplicación, siempre que la denegación se produzca dentro del plazo previsto en los mismos".

Según consta en la exposición de motivos del Real Decreto, la necesidad de modificar el Reglamento ha sido puesta de manifiesto por la aplicación de los acuerdos de readmisión, que son "instrumentos que contribuyen a lograr una mayor eficacia en el control de la inmigración irregular, al establecer un régimen de readmisión recíproco adaptado a las peculiaridades de los estados parte".