El juez decreta abrir el juicio oral contra el joven acusado de matar a su padre y su hermana en Valladolid

Actualizado: viernes, 11 julio 2008 21:04

VALLADOLID, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid decretó la apertura de juicio oral contra el joven I.V.S, acusado de matar en 2007 en el domicilio familiar a su padre, L.M.V.R, de 56 años, y a su hermana, M.V.V.S, de 33 años, para lo que utilizó una catana y un cuchillo de cocina, respectivamente.

En el auto con fecha de hoy, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, se decreta la apertura del juicio, que se desarrollará con jurado en la Audiencia Provincial de Valladolid.

El joven, que se encuentra en situación de prisión provisional, fue detenido el 26 de junio de 2007 tras matar a su padre con un sable o catana en el piso de la familia, sito en el número 79 de la calle Hogar, en el barrio de Girón, después de que su hermana hubiera ya fallecido como consecuencia de 15 puñaladas que el acusado atribuyó entonces a su padre.

I.V.S, en su relato ante el juez, mantuvo entonces que en un principio su padre, quien al parecer tenía problemas con el alcohol, accedió primero a la habitación de su hermana, en la planta superior de la vivienda, y fue entonces cuando la oyó gritar desde su propia habitación mientras era apuñalada mortalmente.

El detenido hizo referencia igualmente al difícil y violento carácter de su padre y advirtió de que el trágico suceso ocurrido en el domicilio familiar, situado en el número 79 de la calle Hogar

De hecho, la madre del detenido ya denunció al padre el día 30 de diciembre de 1993 tras sufrir una agresión. En aquel episodio, el ahora detenido, que por aquellas fechas jugaba al béisbol, salió en defensa de la madre y dio a su progenitor una paliza con el uso de un bate.

DOBLE IMPUTACIÓN.

Sin embargo, la Fiscalía de Valladolid imputó al joven también la muerte de su propia hermana, por lo que le acusa de dos delitos de asesinato, mientras que su defensor pidió la libre absolución por concurrir la eximente de miedo insuperable o enajenación mental transitoria.

Según se recoge en el auto, sobre las 17.00 horas del día 26 de junio de 2007, la madre del acusado se había marchado a trabajar, y en la planta baja de la vivienda, en una salita, descansando frente a la televisión, se encontraba L.M.V.R, mientras I.V.S. permanecía en su habitación y, su hermana, dormía la siesta en la suya.

En un momento dado, el joven, con un cuchillo de cocina de 15 centímetros de hoja, entró en el dormitorio de su hermana, quien estaba tumbada boca arriba, en la cama, totalmente desprevenida y sin que pudiera defenderse, con la intención de quitarle la vida, para lo que supuestamente le clavó repetidamente el cuchillo.

En concreto, según se recoge en el escrito del Juzgado, le asestó 15 puñaladas y las múltiples heridas infligidas fueron la causa de su muerte, ya que provocaron una hemorragia incompatible con la vida.

El padre del acusado, que escuchó algún sonido procedente de la planta superior, subió por la escalera y, a la altura del primer descansillo, fue atacado, de forma "inesperada y brutal", por su hijo.

Éste, que se encontraba en una posición más elevada que su víctima y estaba armado con una catana de 69 centímetros de hoja que guardaba en su habitación, presuntamente le asestó con gran fuerza un golpe en la región parietal izquierda, que le seccionó el cuero cabelludo, la calota craneal, meninges y córtex cerebral, con exposición de la masa encefálica.

Después del primer golpe, que sorprendió a L.M.V.R, su hijo le hirió reiteradamente con la catana, sin que aquel pudiera repeler la agresión, aunque intentó retirar con sus manos el arma de su cuerpo.

GOLPE MORTAL.

En el curso de la violenta acción de su hijo, L.M.V.R. cayó por la escalera y, al pie de la misma, cuando estaba boca abajo, tendido en un charco de sangre, aún con vida, el acusado le clavó la catana en el tórax y le atravesó el corazón.

El cadáver del fallecido presentaba, como consecuencia de la acción del acusado, hasta 29 heridas que le causaron la muerte.

El acusado presenta un trastorno esquizoide de la personalidad, cuyos rasgos emocionales y conductuales le hacen ser de una forma determinada, con tendencia al aislamiento, a ser reservado e introvertido, con indiferencia a las relaciones sociales y cierto distanciamiento afectivo, recoge el auto.

Sin embargo, su capacidad intelectual y cognitiva se encuentra dentro de la normalidad con un cociente intelectual cercano a la media estadística y no presenta ningún tipo de sintomatología psicótica. Su estado mental de base está anclado en la realidad y la percepción, capacidad de juicio y funciones cognitivas se hallan intactas.

Durante los hechos no se alteró el juicio crítico de realidad, tanto lógico como abstracto, ni el control de los impulsos, con un control voluntario de la acción, se explica en el escrito.