Un juzgado falla a favor del Ayuntamiento marbellí en el despido de dos ex vocales de la gestora

Actualizado: miércoles, 16 julio 2008 20:45

MARBELLA (MÁLAGA), 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Social número 11 de Málaga ha resuelto a favor del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) en los juicios por el despido de los dos ex vocales del PA en la comisión gestora, Ricardo García y Florentino Rodríguez.

Desde el Ayuntamiento marbellí indicaron, a través de un comunicado, que ambas sentencias declaran procedentes los despidos y desestiman las demandas interpuestas por los trabajadores afectados; y señalaron que la jueza argumenta en la sentencia que "ha quedado acreditado la existencia de una situación económica negativa".

Así, en las resoluciones se precisa que "no se discute y ha quedado acreditado que la empresa Turismo Ayuntamiento de Marbella 2000 S.L. es una empresa municipal participada al 100 por 100 por el Ayuntamiento cuya problemática situación económica no sólo es de conocimiento público, sino que ha que quedado plenamente acreditada en autos".

"La realidad del Ayuntamiento y sus empresas participadas, corroborada por la actuación del Tribunal de Cuentas y la documental obrante en autos, consistente en las acreditadas deudas con la TGSS, la Agencia Tributaria y otras, es la de un auténtico hundimiento económico", señala la resolución.

Asimismo, añade que "es claro que en esta acreditada situación se han de adoptar medidas encaminadas a aminorar las deudas existentes y la reducción de aquellos gastos del personal y otros que permitan mejorar y solucionar la situación del Ayuntamiento".

Según la sentencia, "todo ello no ha quedado contradicho por la prueba acordada como diligencia final de la cual ha resultado que es cierto que han existido nuevas contrataciones en el Ayuntamiento, mas todas ellas han sido para cubrir puestos de carácter fijo discontinuo por necesidad de servicios municipales, por programas subvencionados por la Junta de Andalucía, acumulación de tareas o sustituciones".

Respectos de las contrataciones de las distintas empresas municipales, "la codemandada no ha realizado ninguna contratación y el resto se encuentra justificado según las distintas certificaciones obrantes en autos, sin que guarden relación ni con la actividad ni con el salario que percibía el demandante", apunta la resolución del juzgado.

Por último, la magistrada afirma que "no ha existido alegación o indicio alguno de que esta decisión empresarial obedeciera a causa torpe, fraudulenta o discriminatoria y resulta razonable la medida empresarial de extinguir los contratos de trabajo de aquellos empleados que percibían unas retribuciones excesivas respecto a otros de su misma categoría empresarial, racionalizando el gasto mediante el encargo de esas tareas a otros empleados de la empresa con retribuciones sustancialmente inferiores a las del trabajador demandante, contribuyendo con ello a ayudar a superar tal desastrosa situación económica".

Por otro lado, tanto Florentino Rodríguez como Ricardo García declararon a Europa Press no tener conocimiento de la sentencia por el momento.