PCTV/ANV.-La Fiscalía muestra su satisfacción con la resolución del TS, que resalta lo reciente de las pruebas decisivas

Actualizado: sábado, 9 febrero 2008 19:57

MADRID, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía General del Estado mostró su satisfacción con el contenido del auto hecho público hoy por el Tribunal Supremo en el que se prohíbe la proclamación de las candidaturas presentadas por Acción Nacionalista Vasca (ANV) y se suspende su acceso a fondos públicos.

Fuentes fiscales señalaron a Europa Press que la decisión de la Sala del 61 del alto tribunal asegura el principal objetivo de la Fiscalía cuando solicitó la adopción de las medidas cautelares contra esta formación política: la imposibilidad de que concurra a los comicios del próximo 9 de marzo.

Además, las mismas fuentes destacaron tres aspectos concretos del auto del Tribunal Supremo, como es que la Sala señale como fundamentales las pruebas presentadas contra ANV obrantes en los informes presentados en los últimos meses de 2007 y enero de 2008.

Esto hecha por tierra, a juicio de la Fiscalía, los argumentos de aquellos que criticaron el hecho de que las demandas de ilegalización contra ANV y PCTV no se hubieran presentado antes.

Igualmente, la Fiscalía valora que la Sala, sin entrar a prejuzgar sobre el fondo del asunto, señale que las conductas descritas en la demanda de la Fiscalía "serían en principio susceptibles de incardinarse" en las causas de ilegalización previstas en la Ley de Partidos.

PROCEDIMIENTOS COMPATIBLES

Finalmente, el Ministerio Público subraya que los magistrados de la Sala del 61 han dedicado buena parte de su auto a aclarar que su procedimiento es perfectamente compatible con el desarrollado por el juez Baltasar Garzón en la vía penal, sin que uno reste efectividad al otro.

La prueba es que, aunque el Supremo no suspendió ayer de actividades a ambos partidos, cosa que sí resolvió el magistrado de la Audiencia Nacional, éste ha ordenado hoy impedir la manifestación convocada para mañana en Bilbao por PCTV y ANV en base a su propia resolución.