El plazo máximo para levantar el secreto sobre en alcalde de Lugo "se refiere" a la pieza de Vendex

Actualizado: martes, 9 diciembre 2014 4:52

La defensa del alcalde, tras pedir que se ampliase la decisión a toda la causa, considera que la resolución "se queda corta"

LUGO, 29 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Lugo ha aclarado que el plazo "máximo" de dos meses para que el juzgado instructor de la 'Operación Pokémon' levante el secreto de sumario relativo al alcalde de Lugo, José López Orozco, sobre las actuaciones de la pieza 2, que se centran en Vendex, "se refiere" a estas diligencias en concreto, "sin que haya lugar a complemento ni subsanación".

Así lo recoge en un auto del pasado 17 de octubre, notificado esta semana, al que tuvo acceso Europa Press, en el que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo resuelve sobre la pendiente de la defensa del regidor lucense que solicitaba "su complemento o subsanación en el sentido de que la estimación parcial referida a las actuaciones DP 335/14 alcance también" a la causa general de la 'Pokémon'.

La Audiencia argumenta que el auto resolutorio "establece un plazo máximo para levantar el secreto de las actuaciones en lo que se refiere a las diligencias previas 335/14, respecto del recurrente, sin que haya lugar a complemento ni subsanación de ninguna clase".

Al respecto, resuelve la Audiencia que "no ha lugar al complemento o subsanación solicitada por la representación procesal de José Clemente López Orozco" en relación al auto de 13 de octubre y precisa que contra este auto "no cabe recurso alguno".

Precisamente, en ese auto la Audiencia Provincial de Lugo ordenaba a la titular del Juzgado de Instrucción número 1, Pilar de Lara, a que "en un plazo máximo de dos meses" levante el secreto de sumario sobre las actuaciones de la pieza número 2 de la 'Operación Pokémon'.

Concretamente, en esta pieza se tramita todo lo relativo a la investigación de las actividades supuestamente delictivas cometidas en relación a las empresas del Grupo Vendex en Galicia, que podrían ser constitutivas de delitos de "tráfico de influencias, falsedad documental, prevaricación, cohecho y blanqueo de capitales, entre otros delitos".

APELACIÓN

La Sala de la Audiencia Provincial de Lugo dictó el auto tras un recurso de apelación interpuesto por el alcalde de Lugo, José Clemente López Orozco, cuyos argumentos fueron estimados en parte. Entre los razonamientos jurídicos aportados, la Sala de la Audiencia Provincial apuntó que el proceso penal "ha de ser público para las partes" y las restricciones deben ser entendidas de "manera limitada y no expansiva".

Así, y como la Sala considera que para que Orozco tenga conocimiento de las actuaciones es necesaria una "actuación material que ha de suponer una labor de delimitación y deslinde de las actuaciones", sostiene que la jueza "en el plazo máximo de dos meses" debe "levantar el secreto de las actuaciones en lo que se refiere a la investigación seguida" en las diligencias de la pieza dos.

Para la defensa del alcalde de Lugo, que ejerce el abogado Gregorio Arroyo, esta resolución de la Audiencia "se queda corta" y ha recordado que está "pendiente" la resolución de los recursos contra las prórrogas del secreto dictadas en los pasados meses de septiembre y octubre.

Al respecto, Arroyo, en declaraciones a Europa Press, ha lamentado este miércoles el retraso en las resoluciones ante un "tema urgente que afecta a un derecho fundamental", en relación al derecho de defensa de su cliente. "Ya nos tiene acostumbrados", ha apostillado.