El PSOE solicita la desestimación de una demanda por incumplimiento de promesa electoral

Actualizado: lunes, 24 abril 2006 19:02

MADRID, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

El PSOE ha solicitado a la juez de Primera Instancia número 49 de Madrid, Amelia Reillo, que desestime la demanda en su contra presentada por el abogado murciano José Luis Mazón por publicidad engañosa, por supuesto incumplimiento de una promesa electoral, y que se condene al letrado al pago de las costas íntegras del procedimiento "con expresa declaración de temeridad".

En un escrito, el partido señala que las afirmaciones sobre esta formación que se realizan en la demanda de Mazón "se sitúan directamente en el ámbito de la injuria y la calumnia", por lo cual esta parte se reserva la posibilidad de interponer acciones penales y civiles.

La demanda de Mazón se refiere al proyecto de reforma de la ley del Tribunal Constitucional que establece un nuevo régimen de inviolabilidad de los magistrados de esta institución. El abogado exige que el PSOE sea condenado por publicidad engañosa al haber incumplido el programa electoral de 2004, "donde prometía incidir de modo especial en la exigencia de responsabilidad de los jueces".

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el PSOE califica la demanda de "ficticia", ya que la jurisprudencia reitera que los programas electorales no producen obligación jurídica alguna y que la Ley General de Publicidad no es aplicable a un partido político ni a la actividad electoral.

El escrito se ha presentado después de que, el pasado mes de marzo, la juez Reillo rechazara la pretensión de esta parte para que se archivase la querella o bien ésta fuera tramitada en otro juzgado por considerarse competente el número 49 de Primera Instancia.

La representación jurídica del PSOE insiste en su escrito, de 19 páginas, que en la demanda de Mazón "apenas se puede encontrar algún hecho que merezca la calificación de tal" y que la mención al programa electoral que se realiza está además sacada de contexto, puesto que se refiere al Poder Judicial y la Administración de Justicia en general, y no al Tribunal Constitucional en particular, como pretende el demandante.

Añade que entre el PSOE y sus votantes (anónimos en todo caso) no se establece ninguna relación contractual, puesto que "el programa electoral no genera ninguna obligación jurídica, sino tan sólo obligaciones políticas exigibles en el ámbito de lo político".

EL PSOE Y EL GOBIERNO, INDEPENDIENTES.

El PSOE aduce además que no tiene ninguna posibilidad de convertir su programa electoral en una anteproyecto de ley, ya que esta potestad corresponde al Consejo de Ministros, y Gobierno y PSOE son entes absolutamente independientes. Precisamente esta confusión entre partido y Gobierno es un "error de base" de toda la demanda, según los demandados.

Agrega que es el Gobierno, libre de obligaciones jurídicas, quien decide políticamente el programa legislativo real y quien fija el calendario de su ejecución, y no el PSOE.

"Debemos reiterar que nuestro representado es un partido político, que no realiza actividad comercial, industrial, artesanal o profesional alguna -afirma el PSOE-. Asimismo, tampoco promueve de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones".

Por todo ello, el PSOE plantea que el demandante carece de legitimación activa y pasiva para ejercer la demanda, porque no existe ningún tipo de relación jurídica entre el letrado y el PSOE, ni Mazón es titular de ningún derecho subjetivo ante la formación. "La actuación del PSOE no le ha podido perjudicar en ningún momento, toda vez que el anteproyecto y posterior proyecto de ley al que se hace referencia es presentado por el Gobierno", señala el escrito.

"En todo caso, la supuesta petición de inviolabilidad e irresponsabilidad por parte de los magistrados del TC es una afirmación inventada por el demandante, y el supuesto apoyo del PSOE a estas reivindicaciones, también", agrega el escrito.

El letrado demandante, representado por la abogada Encarnación Martínez Segado, se basa en la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en trámite por el Congreso de los Diputados y en la que "se consagra la irresponsabilidad de los magistrados del Tribunal Constitucional, en contra de lo prometido en 2004 por el PSOE".

Mazón basa su reclamación en la Ley de la Publicidad, que considera también aplicable al mercado electoral de los partidos políticos y pide que se declare judicialmente que la promesa electoral de potenciar la responsabilidad de los jueces y magistrados hecha por el PSOE en su programa 2004 "ha resultado ser engañosa y, por tanto, publicidad ilícita, retirándola del programa y con obligación de publicar la sentencia en dos periódicos de ámbito nacional".

La demanda de Mazón es por incumplimiento de promesa electoral, un asunto sobre el que el Tribunal Supremo se pronunció por ejemplo el pasado mes de octubre. El alto tribunal afirmó entonces que las promesas electorales "no están sujetas al Derecho civil o administrativo", y añade que el control jurisdiccional de los "márgenes de libertad que exige la acción política supondría una grave politización de la justicia". Sería, además, "una invasión de un poder por otro, que vulneraría el principio de separación de poderes".

El abogado José Luis Mazón provocó la condena de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a once magistrados del Tribunal Constitucional (TC), entre ellos su ex presidente Manuel Jiménez de Parga, a indemnizar con 5.500 euros (500 euros cada uno) a este letrado por archivar un recurso de amparo que éste presentó sin estudiarlo previamente.