Publicado 13/02/2014 19:53

RSC.-La aplicación de la Ley de Responsabilidad Ambiental ahorrará a pequeñas empresas 1.410 millones, según Medio Ambiente

Panadería SantaGloria de Europastry
EUROPASTRY


MADRID, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

La aplicación de la futura Ley que modifica la ley de Responsabilidad Ambiental de 2007 supondrá un ahorro estimado de 1.410 millones de euros a las pequeñas y medianas empresas que, por tener un riesgo "muy limitado" de potencial daño al medio ambiente, no tendrán que consignar un seguro de garantía financiera, según ha explicado el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Así, la directora general de Calidad y Evaluación Ambiental, Guillermina Yanguas, ha señalado que la modificación de la ley en vigor supondrá una ampliación de las garantías ambientales porque el régimen actual no se estaba cumpliendo y porque a partir de ahora se garantizará la obligación de analizar los riesgos, establecen medidas de prevención y reparar el daño causado.

"No parece de recibo que actividades pequeñas, empresas familiares, que difícilmente van a poder causar un daño ambiental, tales como una panadería, un estudio de música o una pequeña empresa de jardinería tengan que establecer garantías financieras", ha manifestado en una reunión con medios de comunicación para explicar el proyecto de ley.

Sin embargo, ha añadido que esto no quiere decir que cualquier actividad que provoque un daño ambiental esté exento del pago de la reparación y restauración del daño causado bajo el principio de "quien contamina paga". "Que nadie me diga que con esta reforma se reduce la protección. No es cierto", ha enfatizado.

Respecto a lo que ha motivado este cambio legislativo, Yanguas ha señalado que el cambio viene del Gobierno anterior que se dio cuenta de que las exigencias de la Ley de 2007 excedían de lo requerido de forma voluntaria por la Directiva Europea y ha recordado que la propia Comisión Europea pidió a España y, con ella, a Portugal que excluyeran a las actividades de bajo riesgo debido a que estos países incluían a "todas" las actividades. En este contexto, ha anotado que "únicamente" ocho países de la UE (Bulgaria, Portugal, España, Grecia, Hungría, Eslovenia, Chequia, Rumanía y España) han fijado las garantías financieras ante el riesgo de responsabilidad ambiental.

En todo caso, de acuerdo con el proyecto de Ley que se encuentra en tramitación parlamentaria, la garantía deberá quedar constituida de modo que, desde la fecha de efectividad de su exigencia, que se fijará reglamentariamente, quedarán cubiertos todos los eventos causantes de daño medioambiental que se inicien a partir de esa fecha. Además, el operador tendrá que mantener estas garantías durante todo el periodo de actividad hasta el cese definitivo de la misma.

HASTA 20 MILLONES DE EUROS

Como máximo la cobertura de la garantía financiera "nunca" será superior a 20 millones de euros, aunque la directora general ha subrayado que si el daño causado al medio ambiente es superior a esta cantidad, el operador, en cualquier caso está obligado a reparar la situación bajo el principio de "quien contamina paga".

Concretamente, de acuerdo al proyecto quedarán exentos de constituir la garantía financiera obligatoria aquellos operadores cuyas actividades sean susceptibles de ocasionar daños cuya reparación se evalúe por una cantidad menor a 300.000 euros.

Además, estarán exentos los operadores de actividades susceptibles de ocasionar daños cuya reparación se evalúe por una cantidad comprendida entre 300.000 y 2.000.000 de euros que acrediten mediante la presentación de certificados expedidos por organismos independientes, que están adheridos con carácter permanente y continuado, bien al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), bien al sistema de gestión medioambiental UNE-EN ISO 14001 vigente.

Asimismo los que utilicen una serie productos fitosanitarios y biocidas concretos para fines agropecuarios y forestales se librarán de efectuar la comunicación previa a la administración. Al mismo tiempo, los operadores de las actividades que se establezcan reglamentariamente atendiendo a su escaso potencial de generar daños medioambientales y bajo nivel de accidentalidad.

En todo caso, ha asegurado que la garantía financiera por parte de "todos" los operadores no garantiza un menor riesgo mientras que supone obstáculos a la actividad económica de pequeñas empresas, sobre todo a las de carácter familiar.

PROTEGE EL MEDIO MARINO

Por otro lado, Yanguas ha manifestado que lo más novedoso del proyecto de Ley es que "por primera vez" incluye los daños causados al medio marino, que se introduce "claramente". Hasta ahora estaban introducidos los daños al agua dulce, a la fauna y la flora.

La responsabilidad ambiental incluye los daños al estado ecológico, químico y cuantitativo de las masas de agua superficiales o subterráneas, como el potencial ecológico de las masas de agua artificiales y modificadas así como el estado ecológico de las aguas marinas que no estén ya cubierto por la ley de aguas. Además en el caso de obras públicas de competencia sea estatal la ley se aplicará a los daños causados a especies y hábitats protegidos, a las aguas, al suelo y a la ribera del mar y de las rías, y a las amenazas inminentes de que tales daños ocurran, cuando hayan sido causados por determinadas actividades económicas o profesionales, aunque no exista dolo, culpa o negligencia.

En cuanto a los plazos de tramitación, ha indicado que próximamente estará listo el reglamento y que en junio se aprobará la Orden Ministerial que manifieste qué actividades están sujetas a la consignación de garantías financieras y los plazos en que deberán someterse a esta norma por la que los operadores deberán comunicar su riesgo a la administración autonómica, y proponer tanto las medidas de prevención como las de reparación en caso de daño.

Otra de las novedades que, a su juicio, hacen que esta nueva norma sea "más exigente" es que, una vez se apruebe, el mero daño obligará al operador a pagar y reparar el daño causado sin necesidad de iniciar procedimiento sancionador. Por ello, confía en que el operador, voluntariamente y teniendo en cuenta los riesgos que entraña su actividad propondrá garantías financieras a la administración y esta será la encargada de definir si estas garantías son idóneas o no.