El Supremo condena por detención ilegal a un hombre que retuvo a su pareja en un vehículo en marcha

Actualizado: martes, 9 mayo 2006 22:09

MADRID, 9 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha condenado a 2 años y medio de cárcel por detención ilegal a un hombre que retuvo a su pareja en un vehículo en marcha, en el que accionó el cierre centralizado, al concurrir los elementos del tipo, que es una "infracción instantánea que se consuma desde el momento mismo en que tiene lugar la detención o el incierro, ya que en uno y otro caso se priva al sujeto pasivo de su derecho a trasladarse de lugar según su voluntad".

La Audiencia Provincial de Valencia absolvió al acusado del delito de detención ilegal del que estaba acusado, al entender que "el tiempo de privación de libertad a que fue sometida la víctima es insuficiente, y porque 'el sujeto activo no limita dolosamente la deambulación de la acusadora, que no se vio constreñida anímicamente en contra de su voluntad'".

Sin embargo, ahora el Supremo le ha condenado a 3 años y 2 meses de prisión y al pago de una multa de 200 euros por los delitos de detención ilegal y lesiones y las faltas de amenazas e injurias cometidas contra su novia.

Según el relato de hechos probados, el acusado Miguel Ángel E.S. y su novia mantenían relaciones desde principios de 2001. Dos años después la pareja entró en crisis y decidió reunirse para hablar de su situación. Tras cenar juntos y tomar algo en un pub, el acusado se ofreció a llevar en coche a la mujer hasta su domicilio, en la localidad de Masarrochos.

Una vez iniciada la marcha se suscitó una fuerte discusión, en el curso de la cual, y cuando ya iba en marcha el vehículo, la mujer manifestó su deseo de bajarse y se situó en la parte trasera del coche. Su novio accionó el cierre centralizado y sujetó a la mujer, impidiéndola salir del coche, la llamó "puta" y le dijo que la iba a matar.

La mujer accionó una de las dos palancas del cambio del vehículo, lo que motivó un colapso en el sistema de transmisión y la detención brusca de la marcha del turismo, que quedó humeante en medio de la vía. A consecuencia del frenazo, la mujer se golpeó en el cuerpo y la cara contra la consola central. Al lugar llegaron dos conductores que se habían detenido a auxiliar a los ocupantes del coche, uno de los cuales llevó a la mujer al servicio de urgencias.

La Audiencia de Valencia absolvió a Miguel Ángel de los delitos de detención ilegal, coacciones, violencia habitual, contra la integridad moral, contra la administración de justicia y amenazas del que le acusaban el Ministerio Fiscal y la acusación particular, y le condenó al pago de 1.300 euros de multa como autor de tres faltas de lesiones, amenazas e injurias. También le condenó a indemnizar a la mujer con 5.190 euros por las lesiones y daños morales sufridos a consecuencia de lo sucedido.

DETENCIÓN ILEGAL.

Sin embargo, la sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Rico Fernández, considera que el hombre debe ser condenado por un delito de detención ilegal, aplicando la pena en su grado inferior.

A diferencia de la Audiencia de Valencia, el Supremo estima que la detención ilegal se comete cuando "se obliga a una persona a permanecer en un determinado lugar en contra de su voluntad o sin ella, encerrándola en él, o impidiéndole de cualquier otra forma abandonarlo o trasladarse a otro".