El Supremo revisará en septiembre la condena de 6 años de cárcel por fraude fiscal impuesta a Rodríguez Menéndez

Actualizado: martes, 4 julio 2006 21:11

MADRID, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda del Tribunal Supremo estudiará el 6 de septiembre el recurso de casación presentado por el abogado José Emilio Rodríguez Menéndez contra su condena de 6 años de prisión por defraudar a Hacienda 1,8 millones de euros en los cuatro ejercicios fiscales que van de 1990 a 1993.

El letrado, que también fue condenado a pagar una multa de 24.753.698,52 euros y a indemnizar al fisco por los perjuicios causados con 1,8 millones de euros, recurrió en casación la sentencia de la Sección 17 de la Audiencia de Madrid que se dio a conocer el 15 de febrero de 2005.

El tribunal que deliberará sobre si debe confirmar o casar la sentencia de instancia estará formado por José Ramón Soriano, que será el ponente de la resolución que se adopte, Javier Delgado, José Manuel Maza, José Antonio Martín Pallín y Joaquín Giménez.

La condena de la Audiencia incluía, además, la suspensión de los derechos de Rodríguez Menéndez para ejercer como abogado durante el tiempo de condena.

Rodríguez Menéndez, que a estos 6 años de cárcel sumaba otros 2 por un delito contra la intimidad al difundir un vídeo en 1997 que atentó contra la intimidad del director de "El Mundo", Pedro J. Ramírez, huyó de la Justicia española a Argentina, país en el que fue detenido y quedó en libertad. A su regreso a España el pasado mes de mayo fue detenido en Salamanca, y se decretó su ingreso en prisión por las dos condenas que tenía pendientes de cumplir.

SENTENCIA IMPUGNADA.

La sentencia que revisará el Supremo en septiembre consideró a Rodríguez Menéndez culpable de un delito continuado consumado contra la Hacienda Pública. Además, estimó probado que el abogado autoliquidó el impuesto sobre la renta en los ejercicios investigados muy por debajo de las cuantías reales de sus ingresos, tratando de ocultar las cifras verdaderas en cuentas corrientes de familiares y amigos.

Así, usó cuentas a nombre de sus padres, su segunda mujer y de su compañera de despacho, Alicia Moreno, para colocar ingresos suyos en concepto de incrementos de patrimonio "no justificados".

En las cuentas el abogado figuraba como persona autorizada para operar con ellas y disponer de sus fondos, "a fin de eludir el pago del IRPF", según la Audiencia.

Añadía que "la pluralidad de defraudaciones que se suceden y la estrategia de ocultación mediante la dispersión de las rentas en cuentas abiertas a nombre de terceras personas revela la preexistencia de un plan de defraudación fiscal".

En cuanto a la sociedad "Bufete Orense 8 S.A.", de la que era administrador Rodríguez Menéndez, la sentencia constató que no celebraba junta de accionistas, ni repartía beneficios porque sistemáticamente cerraba los ejercicios con aparentes pérdidas, pese a que "en su contabilidad figuraban partidas multimillonarias con calificaciones poco claras".