El TC ampara la lista de Falange por Brunete (Madrid) para que iguale el número de hombres y mujeres

Actualizado: viernes, 11 mayo 2007 0:09

MADRID, 10 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera del Tribunal Constitucional concedió hoy el amparo a la lista presentada por Falange Española de las JONS por la localidad madrileña de Brunete para que "subsane la irregularidad detectada", consistente en estar compuesta por diez mujeres y tres varones y no cumplir la composición equilibrada de cada uno de los sexos prevista en la Ley de Igualdad.

El alto tribunal entiende que ni la Junta Electoral de Zona de Navalcarnero, de la que depende Brunete, ni el Juzgado Contencioso Administrativo número 6 de Madrid concedieron a la lista de Falange la posibilidad de subsanar sus deficiencias, por lo que las actuaciones deben retrotraerse al momento anterior a la no proclamación de la candidatura para que realice el trámite de subsanación.

La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Jorge Rodríguez-Zapata, quien considera que debía haberse otorgado el amparo a la lista de Falange por Brunete, porque el artículo 44 bis de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) puede producir efectos de retrodiscriminación contrarios a las mujeres, por lo que es inconstitucional, y, además, en este caso, serle imposible físicamente a la candidatura en cuestión subsanar su deficiencia.

El cabeza de lista de Falange por Brunete, Norberto Pedro Pico, había informado a la Junta Electoral Central de que le era imposible realizar una lista cumpliendo la Ley de Igualdad, puesto que, siguiendo el mandato constitucional de que el funcionamiento interno de los partidos sea democrático, había realizado unas primarias con listas abiertas.

Resultaron elegidas diez mujeres y tres hombres, con los que se configuró la lista. Además, precisaba que Falange Española de las JONS en Brunete "sólo dispone de tres hombres afiliados", por lo que le era "imposible presentar una lista de candidatos en condiciones paritarias por razón de sexo.