El TC declara que no es inconstitucional castigar la difusión de ideas que justifiquen el genocidio

Actualizado: jueves, 8 noviembre 2007 19:29


MADRID, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido declarar que no va en contra de la Carta Magna el primer inciso del artículo 607.2 del Código Penal en el que se castiga la difusión de ideas o doctrinas tendentes a justificar un delito de genocidio.

Esta sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Eugenio Gay Montalvo, ha recibido cuatro votos particulares y su fallo se produce después de que la Audiencia Provincial de Barcelona presentase una cuestión de inconstitucionalidad contra este apartado del Código Penal.

En concreto, el inciso del artículo 607.2 indica que "la difusión por cualquier medio de ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen los delitos tipificados en el apartado anterior de este artículo (referente a delitos de genocidio) o pretendan la rehabilitación de regímenes o instituciones que amparen prácticas generadoras de los mismos, se castigará con la pena de prisión de uno a dos años".