Actualizado: viernes, 5 octubre 2018 15:11


Precisa que "concurre una especial trascendencia constitucional" porque se plantea un problema sobre el que no hay doctrina de este Tribunal

MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad admitir a trámite el recurso presentado por el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y el exconsejero catalán Raül Romeva contra los autos en los que el juez instructor del Tribunal Supremo Pablo Llarena y la Sala de Apelaciones acordaron y confirmaron su suspensión de cargo público tras su procesamiento por el delito de rebelión.

El tribunal de garantías afirma en su providencia que en este caso "concurre una especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".

Esta decisión se acuerda un día después del tenso debate que mantuvo el Parlament para decidir si se acata la suspensión de funciones y cargo público de los seis diputados que han sido procesados por el delito de rebelión en la causa abierta en el Tribunal Supremo por el proceso soberanista, en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tal y como hizo el juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, en su auto de 9 de julio, y confirmado por la Sala, el día 30 del mismo mes.

Los magistrados piden a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que en un máximo de 10 días remita certificación o fotocopia adverada de los dos autos mencionados anteriormente y que han sido impugnandos por Junqueras y Romeva. Asimismo, se emplaza a las partes para que en el mismo plazo puedan comparecer, si lo desean, en este procedimiento, salvo a los recurrentes.

UN "ATENTADO A SU PRESUNCIÓN DE INOCENCIA"

En el recurso del líder de ERC y del exconsejero, recogido por Europa Press, se afirma que la decisión del Supremo supone la violación de los derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión, a la participación y representación políticas, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, entre otros.

Uno de los argumentos que esgrime el abogado de ambos procesados en prisión provisional, Andreu Van den Eynde, es que suspenderles como diputados cuando aún no hay sentencia es "un atentado a su presunción de inocencia" e implica unas consecuencias gravísimas.

La defensa también expone que la ley solo prevé la suspensión de diputados procesados cuya actuación "se vinculara con bandas armadas o terroristas, usuarias de forma ilegítima de armas de guerra o explosivos, con la finalidad de producir la destrucción del orden constitucional", algo que no considera en el caso de sus representados. Por ello, critica que la resoluciones del Supremo sobre este tema se fundamenten en "una interpretación novedosas e imprevisible de la ley penal", y asegura que esto vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

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