MADRID, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Cuentas ha vuelto a recordar que los partidos políticos deben incluir en su contabilidad anula las subvenciones recibidas por sus grupos municipales y parlamentarios, aunque admite que este mandato queda a expensas de lo que determine cada ayuntamiento o cada cámara.
En su reunión de este jueves, el Pleno del Tribunal de Cuentas acordó una modificación del Plan de Contabilidad adaptado a las Formaciones Políticas que fue aprobado el 20 de diciembre de 2018, un cambio puntual destinado a precisar lo relativo a la rendición de las cuentas de los grupos institucionales (grupos parlamentarios y grupos municipales).
Así, se ha adaptado el Plan de Contabilidad a lo que figura en la Ley Orgánica de control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos (LOFPP), que dispone que esa rendición de cuentas de los grupos institucionales habrá de ajustarse a lo que establezcan sus respectivos Reglamentos o su legislación específica.
Pero, eso sí, el Tribunal de Cuentas subraya en una nota que los reglamentos de cada cámara o cada ayuntamiento "deberán respetar los principios generales de la Ley en materia de rendición de cuentas", y por tanto deberán tener en cuenta la obligación para los partidos de informar de esos ingresos.
Y LAS COALICIONES DEBEN DAR LOS DATOS DE SUS SOCIOS
Y es que la legislación vigente, según subraya la institución fiscalizadora en el comunicado recogido por Europa Press, deja claro que "las cuentas anuales consolidadas de los partidos políticos se extenderán a los ámbitos estatal, autonómico y provincial".
Además, y en aras de la transparencia y de un mayor control por parte del Tribunal de Cuentas, la ley de financiación de los partidos políticos determina también que las cuentas anuales consolidadas de federaciones de partidos y coaliciones deberán incluir las de los partidos federados y coaligados.