El TS multa a la asociación de juristas vinculada a Elpidio Silva por usar hechos falsos para querellarse contra Lesmes

Actualizado: miércoles, 23 octubre 2019 15:25

Condena a pagar 5.000 euros al considerar que esta actuación es un "insulto para cualquier mediana inteligencia"

MADRID, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha reprochado a la Asociación Atenas de Juristas por los Derechos Civiles que utilizara hechos "retorcidos y falsificados" para presentar una querella, que fue redactada por el juez inhabilitado Elpidio Silva, contra el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, por el presunto delito de prevaricación. Para los magistrados esto supone un "insulto para cualquier mediana inteligencia", por lo que ha multado a la asociación con 5.000 euros.

La mencionada asociación presentó en abril del año pasado ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo una querella en la que también se incluía a todos los vocales del órgano de Gobierno de los jueces y a magistrados de la Audiencia Nacional, por la condición de todos ellos de aforados. En ella denunció una supuesta "trama cuya única finalidad era la de colocar a magistrados afines al Partido Popular para que conocieran de las causas de corrupción de mayor calado que este partido político o sus integrantes tienen aperturadas en las instancias judiciales españolas".

El pasado 14 de enero, la Sala rechazó esta querella al entender que los hechos denunciados no eran constitutivos de delito. En este sentido, el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, explica que las discrepancias sobre "decisiones discrecionales" son legítimas, pero ello no puede "degenerar en una precipitada y alegre reconducción al territorio del delito de prevaricación administrativa, interpretando toda una secuencia de hechos como un estrafalario complot" entre múltiples cargos y autoridades.

Los magistrados, además, decidieron abrir una pieza separada al considerar que la interposición de esta querella puede ser un supuesto de abuso procesal y así poder estudiar si procede o no imponer una sanción intraprocesal.

En un nuevo auto, con fecha del pasado 26 de julio y al que también ha tenido acceso Europa Press, el Supremo reprocha a la asociación que haya expuesto "hechos retorcidos y falsificados (quizás de forma inconsciente) para amoldarlos a una fantasiosa e imaginaria trama desplegada para conseguir presentar como delictivas actuaciones realizadas en el desempeño de las funciones constitucionales del órgano de gobierno de los jueces".

"GROSEROS GAZAPOS"

Por ello considera que elaborar una querella con "esos groseros gazapos", y que después se amplíe con más hechos que "se ligan arbitrariamente a aquellos", para tratar de justificar la criminalidad es un "acrobático y muy arriesgado salto no tolerable". Todo esto "supone un insulto para cualquier mediana inteligencia", añade el Supremo.

La Sala afirma que la existencia de precedentes de actuación delictiva de magistrados del alto tribunal o de vocales del CGPJ, o de titulares de otros altos órganos jurisdiccionales no justifica la interposición "de querellas gratuitas e infundadas". Así, asegura que de esta actuación de la asociación se "desprende un apenas disimulado aroma de instrumentalización del proceso penal para ponerlo al servicio de un, al menos aparente, aunque no fuese real, propósito de desacreditación de las instituciones".

Los magistrados reproducen parte del anterior auto en el que ya aseguraron que el "hablar de una conspiración relevante de número de cargos públicos" basándose en "suposiciones carentes de toda base y que rozan en momentos lo extravagante" suponía "traspasar las fronteras de lo razonable". Ahora señalan que es difícil encontrar en sus archivos un "supuesto tan paradigmático de abuso de la acción popular".

Por esta razón justifican la multa de 5.000 euros impuesta a la asociación para "dignificar" la acusación popular que, según recuerda, es "una muestra de cauces de participación de los ciudadanos en un estado democrático".

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